El Cabanyal: ley, crimen y castigo
El Tribunal Superior de Justicia acordó el 29 de enero pasado suspender cautelarmente el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar 'en cuanto implique derribo de inmuebles' de aquella zona declarada Bien de Interés Cultural-Conjunto Histórico que quedaría directamente afectada por la prolongación de la avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar, empeño urbanístico que es el motor y el objeto principal -por no decir único- del Plan promovido por el Ayuntamiento. Se trata de un ámbito muy limitado, el tramo central del proyecto prolongador que pertenece al área denominada Eixample del Cabanyal, que es la protegida por dicha declaración, dejando lamentablemente fuera de la suspensión cautelar a los dos extremos, este y oeste, ambos con historia, tramas y edificios singulares -como la Llotja dels Pescadors-, sin duda de interés, pero que no gozan del mismo rango de protección.
Barberá ha insinuado que no se darán licencias de rehabilitación ni habrá inversiones para detener el deterioro del barrio
El proyecto municipal choca abiertamente con la Ley de Patrimonio Valenciano de 1998, que detalla con bastante criterio y precisión cómo debe actuarse sobre los Conjuntos Históricos declarados. Y resulta que, desde la entrada en vigor del decreto del 3 de mayo de 1993 del Gobierno Valenciano, el denominado 'Núcleo original del ensanche del Cabanyal' constituye junto con el 'Recinto amurallado de la Ciutat Vella' y el 'Primer ensanche delimitado por las Grandes Vías y Cauce del Turia', el ámbito reconocido y declarado Conjunto Histórico de Valencia.. Una declaración que ahora se quiere deslegitimizar con valoraciones partidistas, pero que fue establecida correctamente mediante un procedimiento legal, tras incorporar los dictámenes favorables de instituciones consultivas exigidos por la ley y tras responder a las alegaciones disconformes del Ayuntamiento, entonces coalición PP-UV. No lo olvidemos pues, una ley promovida, tramitada y promulgada por este partido.
Recordemos también que la legislación patrimonial establece para los Bienes de Interés Cultural declarados con la categoría de Conjunto Histórico una protección específica: 'Se mantendrá la estructura urbana y arquitectónica del Conjunto y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística', por lo que no puede ser modificada ni alterada su trama urbana, salvo en aspectos menores 'que contribuyan a la mejor conservación del conjunto' y por lo tanto nunca puede suponer desvirtuar su caracter.
A estos efectos, creo importante recordar que una de las cosas mas valoradas del Cabanyal-Canyamelar es, junto a gran parte de sus edificios, de un popular modernismo-eclecticismo de una gran originalidad no repetida en ningún otro lugar (allí podemos encontrar frescura, ingenuidad, inventiva y buen oficio), y del carácter particular del conjunto del barrio, de sus gentes y de su modo de vida, es precisamente la trama urbana, esa especialísima retícula dispuesta en paralelo al mar, largas calles que discurren de norte a sur (permitiendo una excelente ubicación de los edificios respecto al sol y a los vientos locales) cortadas perpendicularmente por otras, más cortas y normalmente estrechas (salvo las coincidentes con antiguas acequias que subdividen los barrios), que se orientan de este a oeste.
Ante el acuerdo del tribunal, la alcaldesa, Rita Barberá, ha advertido del rápido deterioro que se producirá en la parte protegida, haciendo comprender que no se darán licencias de rehabilitación ni habrán inversiones del ayuntamiento para detener su deterioro.
Esta postura, refrendada por el concejal de urbanismo, parece acogerse a maneras despóticas de otras épocas y nada tienen que ver con la democracia. Por su gravedad, me desconciertan.
Los tribunales han recordado la vigencia protectora de una parte de la Ley de Patrimonio que tanto la Generalitat como el ayuntamiento no parecen haberla interpretado correctamente. De esta forma, el Tribunal de Justicia valenciano no sólo protege aquellos edificios amenazados, sino que al defender las leyes está amparando a toda la ciudadanía, a todos los valencianos, demostrando que la ley hay que cumplirla.
Por otra parte, cuando la alcaldesa pronostica el deterioro de esta parte, todos entendemos muy bien a lo que se refiere. Ya lo conocemos por experiencia ciudadana. Se trata de no invertir en el barrio, de dejar que campee la inseguridad ciudadana, de no tratar de solucionar, o al menos mejorar, la prostitución y la droga, de no poner una correcta iluminación, de mantener aceras y calles sin arreglo, de no promocionar la limpieza suficiente, de olvidar la construcción o ubicación de colegios, guarderías, institutos, ambulatorios, centros varios, denegar licencias de rehabilitación, de mantener solares vacíos permitiendo que la suciedad y las ratas se hagan dueñas de estos, de no promover zonas o plazas ajardinadas y un largo etcétera más.
Todos conocemos, como he dicho antes, los efectos de la desprotección urbana. Recordemos lo que está pasando en el barrio deVelluters, en El Carme, en la olvidada Xerea, en Russafa, en Natzaret. Esa larga y sucia agonía que precede a la muerte ya anunciada. Lo conocemos. Pero es terrible que esto se verbalice, como si fuera parte de un programa, por parte de la alcaldesa de la ciudad. Toma la forma de una amenaza por el simple hecho de ejercer la responsabilidad cívica en pos de que se cumpla la ley. ¿No resulta esto esperpéntico? ¿Qué tipo de protección disfrutamos entonces, si la representante de la ciudad, ante las cautelas de una ley que se impone, vaticina como contrapuesta una degradación mayor?
¿A qué costo? ¿Acaso podemos asumir los ciudadanos el abandono y degeneración urbanos de un patrimonio protegido, precisamente porque los tribunales han hecho valer esa protección? ¿Qué descrédito es éste para la propia institución municipal? Y ¡qué tristeza para los directamente afectados, mucho más cuando, por otra parte, manifestaron inmediatamente después de conocerse la decisión del tribunal que estaban dispuestos al diálogo y a llegar a una solución que no afectara tan lesivamente el conjunto! Por favor, en ese ayuntamiento, ¿es que no cabe la rectificación política? !Ni siquiera la de la prudencia y el realismo ante un futuro tan incierto! En vez de dejar caer amenazas lacerantes e inoportunas ¿no podría existir el diálogo? La ciudad sería para nosotros mucho más próxima, y también nuestras instituciones.El Tribunal Superior de Justicia acordó el 29 de enero pasado suspender cautelarmente el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar 'en cuanto implique derribo de inmuebles' de aquella zona declarada Bien de Interés Cultural-Conjunto Histórico que quedaría directamente afectada por la prolongación de la avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar, empeño urbanístico que es el motor y el objeto principal -por no decir único- del Plan promovido por el Ayuntamiento. Se trata de un ámbito muy limitado, el tramo central del proyecto prolongador que pertenece al área denominada Eixample del Cabanyal, que es la protegida por dicha declaración, dejando lamentablemente fuera de la suspensión cautelar a los dos extremos, este y oeste, ambos con historia, tramas y edificios singulares -como la Llotja dels Pescadors-, sin duda de interés, pero que no gozan del mismo rango de protección.
El proyecto municipal choca abiertamente con la Ley de Patrimonio Valenciano de 1998, que detalla con bastante criterio y precisión cómo debe actuarse sobre los Conjuntos Históricos declarados. Y resulta que, desde la entrada en vigor del decreto del 3 de mayo de 1993 del Gobierno Valenciano, el denominado 'Núcleo original del ensanche del Cabanyal' constituye junto con el 'Recinto amurallado de la Ciutat Vella' y el 'Primer ensanche delimitado por las Grandes Vías y Cauce del Turia', el ámbito reconocido y declarado Conjunto Histórico de Valencia.. Una declaración que ahora se quiere deslegitimizar con valoraciones partidistas, pero que fue establecida correctamente mediante un procedimiento legal, tras incorporar los dictámenes favorables de instituciones consultivas exigidos por la ley y tras responder a las alegaciones disconformes del Ayuntamiento, entonces coalición PP-UV. No lo olvidemos pues, una ley promovida, tramitada y promulgada por este partido.
Recordemos también que la legislación patrimonial establece para los Bienes de Interés Cultural declarados con la categoría de Conjunto Histórico una protección específica: 'Se mantendrá la estructura urbana y arquitectónica del Conjunto y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística', por lo que no puede ser modificada ni alterada su trama urbana, salvo en aspectos menores 'que contribuyan a la mejor conservación del conjunto' y por lo tanto nunca puede suponer desvirtuar su caracter.
A estos efectos, creo importante recordar que una de las cosas mas valoradas del Cabanyal-Canyamelar es, junto a gran parte de sus edificios, de un popular modernismo-eclecticismo de una gran originalidad no repetida en ningún otro lugar (allí podemos encontrar frescura, ingenuidad, inventiva y buen oficio), y del carácter particular del conjunto del barrio, de sus gentes y de su modo de vida, es precisamente la trama urbana, esa especialísima retícula dispuesta en paralelo al mar, largas calles que discurren de norte a sur (permitiendo una excelente ubicación de los edificios respecto al sol y a los vientos locales) cortadas perpendicularmente por otras, más cortas y normalmente estrechas (salvo las coincidentes con antiguas acequias que subdividen los barrios), que se orientan de este a oeste.
Ante el acuerdo del tribunal, la alcaldesa, Rita Barberá, ha advertido del rápido deterioro que se producirá en la parte protegida, haciendo comprender que no se darán licencias de rehabilitación ni habrán inversiones del ayuntamiento para detener su deterioro.
Esta postura, refrendada por el concejal de urbanismo, parece acogerse a maneras despóticas de otras épocas y nada tienen que ver con la democracia. Por su gravedad, me desconciertan.
Los tribunales han recordado la vigencia protectora de una parte de la Ley de Patrimonio que tanto la Generalitat como el ayuntamiento no parecen haberla interpretado correctamente. De esta forma, el Tribunal de Justicia valenciano no sólo protege aquellos edificios amenazados, sino que al defender las leyes está amparando a toda la ciudadanía, a todos los valencianos, demostrando que la ley hay que cumplirla.
Por otra parte, cuando la alcaldesa pronostica el deterioro de esta parte, todos entendemos muy bien a lo que se refiere. Ya lo conocemos por experiencia ciudadana. Se trata de no invertir en el barrio, de dejar que campee la inseguridad ciudadana, de no tratar de solucionar, o al menos mejorar, la prostitución y la droga, de no poner una correcta iluminación, de mantener aceras y calles sin arreglo, de no promocionar la limpieza suficiente, de olvidar la construcción o ubicación de colegios, guarderías, institutos, ambulatorios, centros varios, denegar licencias de rehabilitación, de mantener solares vacíos permitiendo que la suciedad y las ratas se hagan dueñas de estos, de no promover zonas o plazas ajardinadas y un largo etcétera más.
Todos conocemos, como he dicho antes, los efectos de la desprotección urbana. Recordemos lo que está pasando en el barrio deVelluters, en El Carme, en la olvidada Xerea, en Russafa, en Natzaret. Esa larga y sucia agonía que precede a la muerte ya anunciada. Lo conocemos. Pero es terrible que esto se verbalice, como si fuera parte de un programa, por parte de la alcaldesa de la ciudad. Toma la forma de una amenaza por el simple hecho de ejercer la responsabilidad cívica en pos de que se cumpla la ley. ¿No resulta esto esperpéntico? ¿Qué tipo de protección disfrutamos entonces, si la representante de la ciudad, ante las cautelas de una ley que se impone, vaticina como contrapuesta una degradación mayor?
¿A qué costo? ¿Acaso podemos asumir los ciudadanos el abandono y degeneración urbanos de un patrimonio protegido, precisamente porque los tribunales han hecho valer esa protección? ¿Qué descrédito es éste para la propia institución municipal? Y ¡qué tristeza para los directamente afectados, mucho más cuando, por otra parte, manifestaron inmediatamente después de conocerse la decisión del tribunal que estaban dispuestos al diálogo y a llegar a una solución que no afectara tan lesivamente el conjunto! Por favor, en ese ayuntamiento, ¿es que no cabe la rectificación política? !Ni siquiera la de la prudencia y el realismo ante un futuro tan incierto! En vez de dejar caer amenazas lacerantes e inoportunas ¿no podría existir el diálogo? La ciudad sería para nosotros mucho más próxima, y también nuestras instituciones.
Trini Simó es profesora de Historia de la Arquitectura y del Urbanismo.
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