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El Poder Judicial estudia expedientar a los jueces que liberaron al 'narco'

El Consejo podría suspender hoy a los tres magistrados

La Comisión Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial estudia hoy la apertura de un expediente disciplinario contra los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional Carlos Cezón, Juan José López Ortega y Carlos Ollero, que el 22 de diciembre pusieron en libertad bajo fianza de 30.050 euros (cinco millones de pesetas) al presunto narcotraficante Carlos Ruiz Santamaría, Carlos el Negro. Fuentes del consejo dan como 'muy previsible' la apertura del expediente por falta muy grave.

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La Comisión Disciplinaria baraja que la conducta de los jueces puede estar incluida en lo previsto en el punto noveno del artículo 417 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este precepto dice textualmente: 'Son faltas muy graves: La desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales'.

Algunas fuentes de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo consideran que que incardinar la conducta de los jueces en este tipo legal como desatención al proceso es retorcer la ley, y estiman que no es procedente.

Sin embargo, fuentes del consejo consideran que la apertura del expediente es un hecho y que incluso posibilitaría la suspensión de los tres magistrados de la Audiencia Nacional en la vía disciplinaria, sin esperar a que el Supremo admita a trámite la querella por prevaricación presentada contra los magistrados por el fiscal general del Estado.

Suspensión disciplinaria

Efectivamente, el artículo 424 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece: 'La Comisión Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial, por propia iniciativa, oído el instructor delegado o a propuesta de éste, previa audiencia del juez o magistrado contra el que se dirija el expediente y del Ministerio Fiscal, puede acordar cautelarmente la suspensión provisional del expedientado por un periodo máximo de seis meses, cuando aparezcan indicios racionales de la comisión de una falta muy grave'.

Y las citadas fuentes estiman que se ha producido desatención, porque aunque los magistrados deliberaron al menos en tres ocasiones sobre la puesta en libertad de Carlos el Negro, realizaron un trabajo insuficiente. Y eso sólo puede ser falta muy grave, pues la desatención no se contempla como falta grave o leve.

Los tres magistrados ya han entregado los informes personales sobre su versión de los hechos, requeridos por la Comisión Disciplinaria en su reunión de la semana pasada. En los informes, los tres jueces de la Audiencia reconocen que cometieron un error en la ponderación de los hechos, aunque ponen de manifiesto que la fuga se produjo cuatro días después de la liberación del narco.

La suspensión de los jueces por esta vía sería casi inmediata, pues sólo requeriría la audiencia del fiscal, puesto que ellos ya han sido oídos en el informe.

Los jueces Juan José López Ortega, Carlos Cezón y Carlos Ollero, de izquierda a derecha, el primer día del juicio.
Los jueces Juan José López Ortega, Carlos Cezón y Carlos Ollero, de izquierda a derecha, el primer día del juicio.TVE

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