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El CGPJ decide el jueves si descarta delito en la decisión de liberar al 'narco' fugado

La Ley del Poder Judicial deja poco margen de maniobra en materia disciplinaria

Soledad Alcaide

Las circunstancias que derivaron en la fuga del supuesto narco Carlos Ruiz Santamaría, Carlos El Negro, preocupan al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Por eso, avanzó ayer su portavoz, Enrique López, 'analizará y debatirá ' el caso el jueves en la reunión semanal de la Comisión Permanente. Los datos que aporte la investigación abierta por el presidente del CGPJ permitirán decidir si se descarta delito en la actuación de los magistrados que excarcelaron al narco por motivos humanitarios. Si fuera así, se pasaría a determinar si hay algún tipo de responsabilidad disciplinaria.

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'El caso en sí requiere una atención pronta y diligente', explicó ayer el portavoz del Poder Judicial sobre la razón de que sólo seis días después de la apertura de la investigación, y con varios días festivos por medio, el CGPJ vaya a tomar ya cartas en el asunto. 'El jueves se verán los pasos a seguir', señaló.

En cualquier caso, el primero de ellos será decidir si se produjo delito en la actuación de los tres magistrados que dictaron, a 20 días de la celebración de su juicio, el auto de libertad de Santamaría, para quien el fiscal pide 60 años de cárcel y una multa de 69.000 millones. Es decir, se determinará si hubo prevaricación [dictar una resolución injusta a sabiendas] o cohecho [resolver bajo precio, recompensa o promesa] en esa decisión.

Al igual que hizo el pasado sábado el vocal del CGPJ José Luis Requero, López descartó ayer a título personal la existencia de delito: 'Personalmente, no lo creo, y espero que no se haya producido. Creo en la integridad de los magistrados y no desconfío de su profesionalidad'.

También reiteró que no será competencia del CGPJ valorar el contenido de la decisión judicial, ya que incluso en el caso de que se encontraran pruebas de un acto delictivo, su papel se limitaría a pedir la intervención del Ministerio Fiscal. 'La única obligación es determinar las circunstancias que han rodeado la adopción de la decisión. Eso incluye todos los supuestos de hecho: si [los magistrados] han obrado sin conocimiento; si conocían lo que estaban firmando...'.

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Otras fuentes del Poder Judicial señalan que este tipo de investigaciones consisten en que un inspector recabe datos: analiza el procedimiento seguido, ve los informes de los magistrados y, si lo considera necesario, oye a los jueces y ve las resoluciones. Luego hace su propuesta.

En el caso de que se encontrasen indicios de incumplimiento de la responsabilidad profesional, el CGPJ debería decidir si abre diligencias informativas. Entonces se nombraría a un magistrado como instructor, que sería quien decidiese sobre la apertura de un expediente sancionador.

Enrique López explicó ayer que, de todas formas, la actual Ley Orgánica del Poder Judicial es 'muy defectuosa' en materia disciplinaria y permite una 'actuación limitada'. 'En la cuestión disciplinaria es una ley muy confusa, con algunos aspectos confusos y parciales y otros no completos', añadió.

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Sobre la firma

Soledad Alcaide
Defensora del Lector. Antes fue jefa de sección de Reportajes y Madrid (2021-2022), de Redes Sociales y Newsletters (2018-2021) y subdirectora de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS (2014-2018). Es licenciada en Derecho por la UAM y tiene un máster de Periodismo UAM-EL PAÍS y otro de Transformación Digital de ISDI Digital Talent. 

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