_
_
_
_
_
Tribuna:
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Concierto de Navidad

El 20 de diciembre se perfila como el día límite para llegar a un acuerdo sobre el nuevo Concierto Económico con el País Vasco, que sustituya al vigente desde 1981. La necesidad de una norma legal y los plazos impuestos por los reglamentos del Congreso y el Senado (cabe recordar que su incorporación al ordenamiento jurídico se produciría mediante una ley ordinaria de artículo único, de modo que sólo cabe su aceptación o rechazo en bloque sin que sea posible la introducción de enmiendas al articulado, que formalmente aparece como anexo de la ley) predeterminan dicha fecha, anticipada por el ministro de Hacienda. La situación actual no es sino consecuencia de los desencuentros políticos entre los gobiernos de Vitoria y de Madrid (trufados con alguna desavenencia, más formal que material, entre alguna diputación foral y la Consejería de Economía y Hacienda), que ponen en riesgo un instrumento emblemático y fundamental de la autonomía vasca.

¿Imagina alguien las consecuencias derivadas de que el 1 de enero no haya Concierto aprobado?

Según las declaraciones de ambas partes, la discrepancia fundamental radica en el grado de participación de los representantes del País Vasco en las instituciones de la Unión Europea donde se dirimen cuestiones básicas en orden a la armonización fiscal y que inciden directamente en las competencias normativas de los territorios históricos. Posiblemente las dos partes tengan razón; el Estado, desde una perspectiva jurídico-constitucional, y la CAPV desde una perspectiva política. No obstante, y puesto que hay que hacer de la necesidad virtud, quizá este desencuentro sirva para poner sobre el tapete la cuestión no resuelta del papel de las comunidades autónomas en la participación, de consuno con el Estado, en decisiones comunitarias que inciden directamente sobre sus competencias, cuestión a su vez ligada a la reforma del Senado como órgano de representación territorial, tal y como ha avanzado el principal partido de la oposición. El todavía vigente Concierto faculta al Estado para que arbitre un mecanismo que permita la colaboración de las instituciones del País Vasco (no sólo el Gobierno, sino también las diputaciones, titulares del poder tributario en los impuestos concertados) en aquellos acuerdos que incidan en la aplicación del Concierto, fórmula genérica que, por su inacción y vaguedad, no ha dado ningún resultado positivo.

Las posiciones políticas parecen claras en el desacuerdo: el Estado defiende su competencia exclusiva en materia de política exterior y/o de representación de los intereses de España ante los organismos internacionales, y el País Vasco defiende la participación en foros europeos cuyas competencias inciden directamente en sus potestades tributarias, introduciendo un matiz que, al menos en los períodos de mayor conflictividad, se revela cierto: ¿puede el Estado defender ante la UE el ejercicio de las competencias tributarias de las diputaciones cuando ese defensor las combate en el plano interno mediante un recurso sistemático a los tribunales españoles?

El esquema, no obstante, no es tan simple como parece por un doble orden de cuestiones: de un lado, porque no se cuestionan en abstracto las competencias del País Vasco, sino el ejercicio concreto de algunas de ellas; de otro, porque dichas competencias están sujetas a un doble límite -europeo y constitucional- que, con frecuencia, se olvida en el debate político apasionado. Pueden ser perfectamente imaginables normas fiscales del País Vasco que no contravengan directivas comunitarias pero que violen (o, al menos, así lo entienda el Estado) límites internos establecidos en el Concierto, e incluso principios constitucionales, como la no discriminación, la deslocalización interna, etc. De modo que la participación conjunta con el Estado en los foros europeos no garantiza per se los eventuales conflictos que suscita, potencialmente, la aplicación del Concierto, aunque ciertamente minimiza algunos riesgos. Pero estos conflictos eventuales no son exclusivos del Concierto ni de la CAPV, sino que afectan a cualquier otra materia cuya competencia tenga estatutariamente asumida aquélla. Y se trata de una cuestión que ha quedado obviada o preterida en el actual debate político, pero que deriva de un hecho fundamental cual es la inserción constitucional del Concierto. Si superamos este límite (circunstancia impensable por ahora) no cabe ninguna duda de que la presencia europea de las instituciones vascas sería el objetivo fundamental de la negociación. Pero en dicha hipótesis habría que plantear la representación directa y exclusiva del País Vasco en las decisiones de la UE, con la pequeña particularidad de que se excluiría al Estado de la negociación.

La posición del Gobierno del PP ha sido doblemente desafortunada. En primer lugar, porque apostó por un resultado de las elecciones vascas que diera un triunfo a Mayor Oreja (o al bloque constitucionalista), de forma que se perdieron más de seis meses en convocar al Gobierno y a las Diputaciones vascas para la renovación del Concierto. En segundo lugar porque, ante la falta de acuerdo y la premura de tiempo, saca de la manga, como instrumento de presión revestido de forma jurídica, un proyecto de ley de prórroga del vigente Concierto, cuya constitucionalidad es más que dudosa.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Por mucho que se empeñen unos y otros, aquí no se está jugando sólo el modelo de Estado, sino algo más modesto pero no menos importante, como es el ejercicio de la responsabilidad institucional. ¿Alguien imagina las consecuencias imprevisibles derivadas del hecho de que el 1 de enero del año venidero no haya Concierto aprobado y con una prórroga unilateral sospechosa de inconstitucionalidad? ¿Tendrá razón Confebask proponiendo la consignación de los impuestos en entidades financieras ante la duda de determinar el ente competente -en esa hipotética situación- para su exigibilidad?

Desde luego, y parafraseando a Dante Alighieri, abandone toda esperanza el contribuyente vasco sobre la posibilidad de que la inexistencia de acuerdo implique cualquier exoneración de obligaciones tributarias, porque, como señala un viejo aforismo siciliano, sólo hay dos cosas seguras en esta vida, la muerte y los impuestos.

Fernando de la Hucha Celador es catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Publica de Navarra.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_