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ENMIENDAS A LOS PRESUPUESTOS

El nuevo derecho a la jubilación anticipada entra en vigor a partir del próximo 1 de enero

En torno a tres millones de pensiones mínimas subirán el año próximo entre el 2,5% y el 3%

El Ministerio de Trabajo, el sindicato CC OO y la patronal CEOE acordaron ayer que el nuevo derecho a la jubilación anticipada entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero. Asimismo, en aplicación del acuerdo que firmaron en abril pasado, en torno a tres millones de pensiones mínimas de jubilación y viudedad tendrán el próximo año una subida entre el 2,5% y el 3,5%, superior al incremento general de las pensiones, que será igual a la inflación prevista (el 2%). A una parte del colectivo de viudedad, una cifra en torno a las 100.000 personas, se les aplicará un aumento del 50%.

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Los firmantes del pacto de pensiones de abril cerraron ayer los contenidos que se recogerán en los presupuestos generales y la ley de acompañamiento de 2002. La mejora de las pensiones mínimas tendrá un coste de 29.000 millones de pesetas y la bonificación de cotizaciones de los mayores de 60 y 65 años, 62.850 millones de pesetas. Las medidas principales acordadas ayer por el secretario de Estado de Seguridad social, Gerardo Camps, y los dirigentes de CC OO y CEOE son:

- Pensiones de viudedad. Para los viudos menores de 60 años con cargas familiares y que esa pensión sea su principal fuente de ingresos, la base reguladora pasa del 45% al 70%. Trabajo no facilitó ayer la cifra, pero en esa situación pueden estar en torno a 100.000 personas. Para el resto del colectivo de viudos (dos millones de personas), pasa del 45% al 46% e irá aumentando dos puntos más en los tres próximos años hasta alcanzar el 52% de la base reguladora. Esas subidas tienen un coste global de 20.000 millones de pesetas.

- Orfandad. Se eleva un año la edad hasta la que se recibe esa prestación y se sitúa en 22 años con carácter general y en 24 años cuando han fallecido los dos progenitores. Los beneficiarios potenciales son 250.000 huérfanos.

- Pensiones mínimas. En enero experimentarán una subida del 3,5% las prestaciones mínimas de jubilación y viudedad para menores de 65 años, y del 2,5% las de beneficiarios del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). En total suman tres millones de personas.

- Jubilación flexible. El próximo 1 de enero se generalizará el derecho a la jubilación anticipada, ahora limitado a quienes cotizan desde antes de 1967. El próximo año podrán acogerse a ella quienes reúnan más de 30 años de cotización, tengan más de 61 años y lleven en paro seis meses, con una bajada de coeficientes reductores que oscila entre el 6% y el 8% por cada año que se adelante la jubilación. Para quienes retrasen la edad de retiro, se pondrá en marcha una exención de las cotizaciones de los mayores de 65 años que permanezcan en la actividad laboral. También habrá una bonificación de cuotas para trabajadores de más de 60 años, que tendrá desarrollo normativo en un decreto ley pendiente de discutir y que se aprobará antes de fin de año.

- Lucha contra el fraude. Se va a penalizar la concatenación abusiva de la prestación de incapacidad transitoria con la de desempleo. También habrá medidas para que no quede impune que las empresas no paguen a la Seguridad Social las cotizaciones de sus empleados.

- Matrimonio de viudos. En ciertos casos, los beneficiarios de la prestación de viudedad no la perderán, como ahora, en los casos en que contraigan nuevo matrimonio.

- Planes de pensiones. En cuanto a los planes de pensiones de empleo, el Grupo Parlmanetario del PP en el Senado ha aparcado las de la mayor calado para dar tiempo a que se alcance un acuerdo con empresarios y sindicatos, según indicó ayer su portavoz, Damián Caneda.

- Control sindical. Está pendiente, por ejemplo, que los sindicatos pierdan la mayoría que en la actualidad tienen en las comisiones de control y la posibilidad de que las empresas deduzcan un 10% en la cuota del impuesto de sociedades sobre las aportaciones realizadas en favor de sus empleados. Únicamente se han introducido retoques, como la posibilidad de que un empresario individual duplique sus límites de aportación a un plan de pensiones cuando las obtiene también como trabajador. Igualmente, se ha planteado como enmienda que en el caso de separación matrimonial, el acumulado en un plan de pensiones no sea considerado incremento de patrimonio, tanto si la pareja está en régimen de gananciales como en separación de bienes.

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