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La Junta cobrará a las grandes superficies una tasa anual de 500 pesetas por metro cuadrado

La nueva Ley de Comercio asigna a la Administración autonómica la concesión de licencias

El Consejo de Gobierno de la Junta autorizó ayer el inicio de los trámites para reformar la Ley de Comercio Interior, cuyas principales novedades son la implantación de una tasa de tres euros (500 pesetas) por metro cuadrado para las grandes superficies y la inversión del proceso actual de apertura, de forma que será la Administración autonómica quien concederá las licencias y después los ayuntamientos aportarán los informes preceptivos. Según la consejera de Economía, Magdalena Álvarez, la modificación servirá para adecuar la 'convivencia' con el pequeño y mediano comercio.

Al término de la reunión del Consejo de Gobierno, Magdalena Álvarez explicó que el anteproyecto de ley de modificación está ya consensuado con los agentes sociales y económicos y afecta a los títulos cuarto y sexto de la Ley de Comercio Interior de 1996, que hacen referencia a las grandes superficies y al régimen sancionador. La consejera prevé enviar el texto al Consejo Económico y Social (CES) a principios de año y, en marzo, al Consejo Consultivo del Gobierno autonómico, con lo que entraría en el Parlamento antes del verano para su debate y aprobación final.

Las grandes superficies pagarán una tasa -'que no impuesto', puntualizó la consejera- de tres euros (unas 500 pesetas) por metro cuadrado. Según Álvarez, el tributo va a beneficiar al comercio en Andalucía en general, ya que servirá para adecuar al sector y que el pequeño comercio y las grandes superficies sean 'compatibles y convivan'. La iniciativa de la Junta es similar a una de Navarra y parecida al impuesto que creó en 2000 la Generalitat catalana, que establece que las empresas que tengan centros comerciales de más de 2.5000 metros cuadrados abonarán 2.900 pesetas por metros. La Generalitat pretende dedicar lo recaudado a la modernización del pequeño comercio. Aunque el Gobierno central interpuso un recurso en su contra en marzo pasado e hizo uso de la prerrogativa que le concede la Constitución para suspender su aplicación, el Tribunal Constitucional levantó la suspensión en julio hasta su pronunciamiento en firme.

Magdalena Álvarez dijo que la reforma de la Ley de Comercio Interior de Andalucía afecta al propio concepto de gran superficie, ya que ésta se determinará en función del número de habitantes de las localidades donde se quiera implantar y, sobre todo, al procedimiento de autorización, que se 'invertirá'. La Junta otorgará las licencias de apertura con carácter previo y a continuación los ayuntamientos aportarán los informes preceptivos en materia de urbanismo, medio ambiente, sanidad y seguridad.

Asimismo, se introducirán nuevos criterios de valoración para la concesión de licencias, entre los que Álvarez destacó la integración de la gran superficie en la estructura comercial de la zona, su ubicación concreta, localización en el sistema viario y generación de empleo.

La nueva ley prevé también un plan de ordenación comercial, que regulará, por primera vez, los establecimientos de descuentos y restos de fábrica, que requerirán licencia de gran superficie.

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Subvenciones

El Consejo de Gobierno aprobó ayer un decreto para agrupar en un nuevo reglamento la concesión de subvenciones públicas de la Junta. La portavoz del Gobierno, Monserrat Badía, explicó que lo que se pretende es establecer un procedimiento básico común para lograr mayor coordinación y transparencia. Badía, quien comentó que en la actualidad existen hasta 260 procedimientos distintos para otorgar subvenciones, dijo que el nuevo texto legal regula todos los aspectos relativos a la disposición de fondos públicos con finalidad de fomento, desde los requisitos de concesión hasta los mecanismos de abono y justificación.

Como principal novedad, el decreto establece la creación de un banco de datos de subvenciones y ayudas públicas cuya tutela corresponderá a la Consejería de Economía. La norma distingue entre subvenciones regladas, que se dan de acuerdo con la libre concurrencia; excepcionales, que podrán concederse sin este requisito en supuestos especiales; y nominativas, cuyos beneficiarios figuran en los créditos iniciales de la Ley del Presupuesto o en otra norma de rango legal.

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