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El Gobierno nombró una comisión ilegal para un concurso de traslados, según el Tribunal Superior

4.000 funcionarios compitieron por 1.500 plazas sin titular ocupadas por interinos

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado ilegal la comisión que se encargó de juzgar los méritos de los funcionarios que participaron en el último concurso de traslados organizado por el Ejecutivo para cubrir 1.500 plazas sin titular y ocupadas por interinos. El propio Gobierno nombró a los miembros de este tribunal evaluador. Según la sentencia del TSJPV, los integrantes de una comisión de este tipo deben ser funcionarios de carrera. Esta condición no se daba en varios de ellos, que incluso eran interinos cuyas plazas estaban en juego.

La consecuencia inmediata de la sentencia es, según los expertos legales, la constitución de una nueva comisión que sea competente para evaluar las candidaturas de los funcionarios y que revise los méritos de los aspirantes. El fallo da la razón al sindicato UGT, que fue el que recurrió el nombramiento del tribunal evaluador.

Cerca de 4.000 funcionarios compitieron en el concurso de promoción interna (el único que ha organizado el Ejecutivo en los últimos diez años) para cubrir las 1.500 plazas vacantes en la Administración general. Fue convocado a mediados de 1998 y concluyó en los primeros meses del año pasado, con la toma de posesión definitiva de los destinos por parte de los aspirantes. Este tipo de concursos es la figura legal que permite a las administraciones estabilizar sus plantillas, ofreciendo a sus funcionarios las plazas que no tienen titular y que están ocupadas por interinos o por personal en comisión de servicios.

El Gobierno tiene un plazo de diez días para recurrir ante el Tribunal Supremo. En estos momentos está estudiando las repercusiones de la sentencia.

El fallo judicial, emitido por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJP y a la que ha tenido acceso este periódico, declara 'no ajustado a derecho' la designación de algunos de los componentes de este tribunal por no seguir las indicaciones previstas en el reglamento estatal para la provisión y selección de puestos de trabajo.

Este reglamento es de obligado cumplimiento cuando una comunidad autónoma no dispone de uno propio. Este es el caso del País Vasco, que a pesar de contar con una Ley de Función Pública, no ha desarrollado un reglamento que fije aspectos como lo que se debe valorar en los concursos o la composición de los tribunales. La sentencia dice textualmente que 'el defecto de normativa autonómica lleva a la aplicación de la normativa estatal, por resultar de la cláusula de supletoriedad del derecho estatal respecto al derecho autonómico'.

Interinos en la comisíónHasta ahora, el criterio que ha seguido la Administración vasca ha sido el de regular a través de los oportunos decretos de convocatoria de oferta pública de empleo o de concurso de traslados estas cuestiones relativas a la selección de personal. La existencia de un reglamento propio de la comunidad autónoma afectaría a todas las administraciones vascas, desde el Gobierno a ayuntamientos y diputaciones.

Según el reglamento estatal, las personas que formen parte del tribunal que juzga los concursos de traslados deben ser funcionarios de carrera, por lo que los interinos quedan excluidos. El presidente de la comisión de valoración nombrada por el Gobierno y su suplente no eran funcionarios de carrera en aquel momento ni lo son ahora. Además, algunos miembros de este tribunal eran interinos y ocupaban plazas que salían en el concurso.

La sentencia tampoco comparte el criterio del Gobierno vasco de permitir que sólo un representante sindical formara parte del tribunal, cuando la normativa del Estado abre la puerta a que estén todas las centrales que dispongan de más del 10% de representación en el ámbito de la Administración general, que era donde se celebraba el concurso. ELA, el único sindicato que dio el visto bueno al concurso y central mayoritaria, fue la única que intervino en el tribunal. Comisiones Obreras, UGT y LAB también cuentan con un porcentaje de representación en el sector superior al 10%.

Las 1.500 vacantes que salieron en el concurso de traslados suponían el 30% de los puestos de trabajo que en ese momento había en la Administración general, que no incluye ni la Ertzaintza, ni a los docentes ni al personal sanitario. Se dio la circunstancia de que en el ecuador del concurso se produjo un cambio de Gobierno, lo que dificultó y retrasó el trabajo de supervisión de la comisión.

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