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Seguridad, inmigración y autoridad

En los últimos meses, el aumento de la 'pequeña' delincuencia en la ciudad de Barcelona ha puesto de relieve algunos de los problemas a los que se enfrenta la sociedad urbana del siglo XXI. Para buena parte de ellos, sin embargo, la solución existía ya, y se ha retrocedido en el tiempo. Otros, sin embargo, como la profesionalización de algunas formas de delinquir, muestran la necesidad de adaptar las normas y la actuación de los poderes públicos para facilitar la convivencia en una sociedad con un peso creciente de la inmigración.

El Informe Socias, encargado por el Ayuntamiento de Barcelona en el año 1984, estudió la seguridad desde el punto de vista preventivo, represivo y de rehabilitación del delincuente. Además, añadía la coordinación de los cuerpos policiales y la participación de los agentes sociales y cívicos en la información, el conocimiento y el tratamiento de la delincuencia y seguridad de la ciudad. El modelo fue válido, ya que redujo el índice de victimización de la ciudad del 25% al 13%, aunque desde 1998 ha aumentado ligeramente por encima del 14%.

Hoy hay condiciones que se han modificado y temas que deberán añadirse al esquema anterior. En 1984, el sustrato de la delincuencia era la droga, la crisis económica y el paro. Hoy en día, felizmente ha arraigado un modelo de sociedad democrática no jerarquizada, pero ello ha comportado para la ciudadanía una falta de puntos de referencia de autoridad, al no haberse creado alternativas. Este vacío obliga, para garantizar la convivencia, a crear y generalizar nuevos mecanismos que atiendan y diriman los conflictos entre ciudadanos, y que se conviertan en los nuevos referentes. Entre ellos, y en el marco de una sociedad democrática, cobran especial relevancia los órganos de mediación, de arbitraje y de justicia de paz, procedimientos accesibles, económicos y rápidos.

Uno de los aspectos que más claramente refleja la falta de referentes es precisamente la inmigración. Nos encontramos con un tipo de inmigración masiva, con raíces culturales distintas a las nuestras, y a la que se deben reconocer derechos y deberes de acuerdo con nuestra Constitución y nuestras leyes. Pero que debe integrarse en el juego de mayorías y minorías y el respeto a los derechos humanos, constitucionales y legales para participar en un proyecto de futuro común. Ello implica, incluso, sacrificar algunos de sus propios condicionantes religiosos, culturales o sociales, como lo hizo la inmigración que vino a Cataluña desde otras comunidades autónomas, o como siempre ha ocurrido con los flujos migratorios .

Sin embargo, otros aspectos del Informe Socías son aún plenamente válidos. En los años ochenta la crisis económica fue un elemento determinante para el aumento de la marginación y, por tanto, de la delincuencia. Los inmigrantes recién llegados, por definición, se encuentran en una situación de grave crisis económica, por lo que, conjuntamente con los sectores menos beneficiados de la sociedad, deben ser especialmente protegidos del riesgo de caer en la marginalidad. Siempre que haya déficit de vivienda, de trabajo, de atención social, de educación, de formación y de falta de participación en los órganos pertinentes, se dan las condiciones para caer en la marginación y posiblemente en la comisión de actos delictivos. Las políticas deben dirigirse en este sentido para que ello no suceda, y si así ocurre, actuar represivamente para proteger al colectivo, inmigrante o no, que no es delincuente.

Aplicándose todas estas medidas de orden preventivo y las demás que sean necesarias, deben mejorarse determinados aspectos en la actuación represiva para que ésta sea eficaz y proteja a toda la ciudadanía en general. El conjunto de normas legales penales no es adecuado para luchar contra la pequeña delincuencia masiva en la calle, que genera una gran inseguridad ciudadana.Eliminadas del código penal la multirreincidencia y en parte la reincidencia -hoy tiene la misma consideración legal la comisión de dos que de cien actos delictivos menores-, la delincuencia se ha profesionalizado en estos delitos, aprovechando la falta de respuesta judicial. Por ello, y dentro de las posibilidades que permita la Constitución, deben reintroducirse nuevamente estas figuras, y sobre todo la que apunta Gonzalo Quintero en el sentido de que la conducta de estos delincuentes debe ser tratada como 'una conducta global'.

Judicialmente debe haber un nexo de causalidad entre la comisión del delito y la respuesta judicial. Los temas de delincuencia menor deben ser juzgados rápidamente mediante juicios inmediatos y rápidos. La instauración de los juicios rápidos en la ciudad de Barcelona en 1991 fue la herramienta más importante para conseguir el fuerte descenso de la inseguridad y reducción de la delincuencia entre 1992 y 1996, incluso en la crisis económica más intensa de los últimos treinta años. Problemas de organización de la justicia, que deben superarse rápidamente, han reducido esta modalidad de procedimiento judicial, con los efectos negativos que venimos padeciendo.

Por último, una consideración referida a la Administración local. Los alcaldes, como mínimo los de grandes ciudades, deben tener la consideración de autoridades gubernativas, con competencias sobre la vía pública para poder sancionar, tanto económicamente (la forma menos eficaz) como con medidas alternativas (trabajos en beneficio de la comunidad), cuando se produzcan actos incívicos, de alteración del orden público, etc. El código sancionador administrativo que se prometió en la última reforma del Código Penal, que despenalizó determinadas conductas, aún está por hacer, y por ello muchos actos incívicos quedan sin respuesta con el consiguiente deterioro para la convivencia ciudadana.

Guerau Ruiz Pena es abogado y ex concejal del Ayuntamiento de Barcelona

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