El Ayuntamiento de Sevilla ignora el coste del envío de cartas sobre el IAE
El censo del impuesto municipal recoge 62.734 contribuyentes en 1999
Las cartas que Sánchez Monteseirín envió a finales de julio a los contribuyentes sevillanos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) informaban sobre las ventajas que les supondría la reforma del tributo que el grupo socialista en el Congreso de los Diputados propuso recientemente. Un envío de esa entidad (más de 60.000 cartas, según el PP) supondría para un ciudadano de a pie un gasto de casi 2.500.000 pesetas en sellos, una cifra sensiblemente menor para el Ayuntamiento de Sevilla gracias al convenio que tiene suscrito con Correos.
El artículo 433 del Código Penal define uno de los tipos de malversación como la actividad de una 'autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones'. Ese supuesto uso ajeno a la función pública es el que denuncia el Partido Popular y el que los tribunales tendrán que dictaminar si existió o no.
Inmaculada Ramos, especialista en Derecho Penal y vicedecana de la Facultad de Derecho de Granada, opinó ayer que resulta difícil justificar que el uso dado a los fondos municipales con que se costeó el envío de las cartas sea propio de la función pública. 'Parece un uso particular, partidista. No es fácil explicar qué interés ciudadano se atiende al informar de una propuesta de un partido político que, al no estar aprobada por el Congreso, no afecta todavía a los contribuyentes', afirmó.
La profesora Ramos ve en el caso suficientes argumentos como para justificar la acusación de malversación, aunque señala que por el poco tiempo que lleva vigente el Código Penal, desde 1995, aún no hay mucha jurisprudencia sobre estos temas.
El margen de decisión y argumentación de los tribunales puede, por tanto, hacer variar mucho la resolución final. Si la querella que presentará el PP prosperase, el alcalde podría ser condenado a una fuerte multa y suspensión de cargo público de seis meses a tres años.
El grupo municipal socialista, a través de Evangelina Naranjo, ha defendido esta semana que el alcalde sólo cumplió con su obligación de informar a los sevillanos de un asunto que les puede interesar. Naranjo, que ayer no pudo ser localizada por este periódico, sustituye estos días en su cargo al alcalde, aún de vacaciones.
Agustín Ruiz Robledo, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Grananda, cree que Monteseirín 'se extralimitó en su facultad de informar a los ciudadanos sobre asuntos de su interés' al trasladarles una propuesta de un partido político, aunque señala la 'afición' de los ayuntamientos a excederse en sus competencias, algo ya asumido como costumbre por el ordenamiento jurídico.
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