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LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA

El Gobierno aprueba la reforma universitaria con la oposición de los rectores y los alumnos

La ley, cuya implantación implicará el mayor cambio desde 1983, inicia su andadura parlamentaria

El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de Ley de Universidades (LU). La norma entra así en su fase de debate parlamentario hasta su aprobación, presumiblemente en mayo próximo. La ministra de Educación, Pilar del Castillo, defendió la reforma, la más ambiciosa desde 1983, como una forma de 'mejorar la calidad del sistema universitario', aumentar la movilidad docente, potenciar la investigación, apoyar el mérito frente a la endogamia y afinar la gestión. El proyecto, sin embargo, ha recibido un aluvión de críticas de rectores y asociaciones de alumnos.

Su rechazo se basa en el cese masivo de los rectores y los claustros, la prueba de habilitación nacional del profesorado, la reducida representación de los miembros de la comunidad universitaria en el órgano de participación social de cada centro (el consejo social) y la escasa financiación que incluye el proyecto.

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Desde la presentación del primer borrador del anteproyecto el 19 de abril pasado, Pilar del Castillo ha mantenido una abrupta negociación con los rectores que ha culminado con la introducción de algunas modificaciones formales (ha reducido el número de elecciones a las que debían someterse) pero sin conseguir el apoyo de los máximos representantes universitarios. El Consejo de Estado, aunque emitió un informe favorable, también ha criticado numerosos aspectos del texto, entre ellos precisamente el que imponga el cese masivo de rectores una vez entre en vigor la norma, en vez de esperar a que acabe el proceso constituyente.

Éstos son los principales cambios que introduce el proyecto de ley:

- Pruebas de acceso y selectividad. El texto establece un futuro sistema de pruebas de acceso por universidad, en sustitución de la actual selectividad. Cada universidad decidirá cómo organiza estas pruebas. El proyecto señala que este sistema no se aplicará hasta que no se elimine la selectividad, presumiblemnete hacia el curso 2003-2004. Esta tardanza se debe a que la norma no elimina expresamente la prueba de selectividad, sino que la supedita tanto a la derogación de la ley de 1974 que la regula como a la entrada en vigor de la futura Ley de Calidad (que posiblemente imponga un examen de reválida al final del bachillerato que habrá que superar para poder acceder a los estudios superiores).

- Habilitación del profesorado. El anteproyecto establece un examen nacional para ser funcionario que deberán superar tanto los aspirantes a titular universitario como a catedrático. Una vez superada, esta habilitación tendrá una duración indefinida, y no de dos años como pretendía inicialmente el Gobierno. Cada año se habilitará un número fijo de profesores igual a la suma de las plazas vacantes declarada por cada universidad. Posteriomente, los centros elegirán según su propio criterio (recogidos por los estatutos de cada universidad) a los más idóneos para cubrir sus plazas vacías (mediante una prueba, una entrevista o el currículo, por ejemplo). El Consejo de Estado ha advertido al Gobierno de que con este método se creará una bolsa de habilitados sin plaza.

- Universidades privadas. El 15% del profesorado de las universidades privadas deberán estar habilitado por el sistema nacional.

- Órganos de Gobierno. El claustro de las universidades se reduce como máximo a 300 miembros (actualmente hay algunos que llegan a los 1.500) y debe estar formado al menos por un 70% de profesores. Los actuales claustros cesarán nada más aprobarse la ley y la actual Junta de Gobierno de las universidades establecerá los requisitos para elegir un claustro constituyente que elabore los nuevos estatutos. El consejo social, el órgano de participación social encargo del control económico, estará compuesto sólo de miembros no universitarios (empresa, sindicatos, intelectuales...), con excepción del rector, el secretario general y el gerente.

- Rectores. Su elección se hará por sufragio universal ponderado. Les votarán directamente estudiantes, profesores y personal administrativo y de servicios, tras cada campaña electoral. Los actuales rectores cesarán en cuanto se apruebe la ley (previsiblemente alrededor de mayo de 2002). Desde entonces, las 50 universidades públicas españolas dispondrán de seis meses para organizar sus campañas y elegir a sus rectores.

- Profesorado. Introduce la posibilidad de tener por centro hasta un 49% de profesorado contratados, no funcionarios. Se crean tres tipos de profesores contratados: ayudantes doctores, colaboradores y contratados doctores. Los contratos de los ayudantes pasan a durar un máximo de cuatro años en vez de dos, como ahora, y los nuevos ayudantes doctores deben haber permanecido los dos últimos años en otra universidad.

- Agencia de Evaluación. Una agencia nacional evaluará obligatoriamente a las universidades (algo que se regulará en un futuro decreto) de algunos aspectos y de forma voluntaria, de otros, según ha manifestado la ministra. Esto permitirá elaborar una lista de las mejores universidades.

Pilar del Castillo en el Consejo de Ministros de ayer.
Pilar del Castillo en el Consejo de Ministros de ayer.RICARDO GUTIÉRREZ

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