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Competencia multa con 500 millones a Repsol por imponer precios a las gasolineras

La resolución del tribunal irá a la Fiscalía Anticorrupción y será recurrida por la empresa

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha impuesto una multa de 500 millones de pesetas a Repsol por fijar el precio final de los carburantes en la gasolineras que operan en régimen de revendedores, ya que ello impide la competencia, según el tribunal. Esta sanción, que se impone con la misma filosofía que la que recibió de 200 millones Cepsa el mes pasado, abre el camino para que sean los gasolineros los que fijen el precio final de los carburantes y haya competencia. Repsol, que recurrirá la sentencia, no tendrá que responder de la acusación de vulnerar la ley con la duración de los contratos.

La denuncia contra Repsol (43% del mercado), al igual que la de Cepsa (20%), fue interpuesta por la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio de Andalucía (APES), que aglutina a un centenar de propietarios de otras tantas gasolineras, en abril de 1999 y admitida a trámite por el Servicio de Defensa de la Competencia en agosto de ese año.

Ambas petroleras fueron denunciadas en el mismo documento, aunque luego, por razones de confidencialidad, han sido tramitadas por separado. La multa a Repsol se ha producido cinco semanas después de la de Cepsa porque el tribunal, en el último tramo del proceso, pidió datos adicionales para poder fundamentar mejor su decisión. El Servicio de Defensa de la Competencia ha documentado el expediente y, tras sustentar sus argumentos, lo envió al tribunal, que es el que tiene capacidad sancionadora.

La tesis del tribunal para aplicar la multa es que un contrato de exclusividad de una gasolinera con una petrolera no supone el derecho de ésta a fijar el precio final al consumidor. El tribunal, antes de pronunciarse, ha tenido que distinguir entre contratos de comisionista y de revendedores. Los contratos de comisión son aquellos que permiten a la petrolera suministradora fijar un precio final que los gasolineros deben respetar y del que reciben una comisión pactada entre 4,25 y 7 pesetas por litro.

Los contratos de revendedores son aquellos en los que los que la petrolera no tiene la potestad de fijar el precio final al público.En este caso, el gasolinero compra el combustible y pone el precio que estime oportuno. El tribunal, al igual que hizo con Cepsa, considera que Repsol impone el precio a gran parte de los gasolineros como si fueran comisionistas cuando son revendedores. Éste es el argumento central para la multa.

Repsol cuenta con 3.705 gasolineras. De ellas, 813 son abanderadas, es decir, de empresarios independientes que pueden fijar sus precios aunque les suministre el carburante. Las otras 2.892 son las que llama de 'vínculo fuerte'. Dentro de éstas, 850 son en propiedad y gestión propia. El resto, 2.042, son las gasolineras que pueden estar afectadas por los argumentos que se recogen en la multa.

El ponente de la sentencia ha sido Luis Martínez Arévalo y la resolución final ha contado con un voto particular del propio ponente, en el que pedía una multa 'varias veces mayor'. Asimismo, Antonio Castañeda y Miguel Comenge firmaron conjuntamente un voto particular en el que afirman que en el expediente no queda demostrado que, cuando Repsol propone un 'precio recomendado' a las estaciones de servicio, sea una imposición del precio. José Juan Fran Meneo firmó un voto particular en este sentido.

La resolución obliga a Repsol a publicarla en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el plazo de dos meses y a pagar una multa de 100.000 pesetas por cada día de retraso que se produzca. El presidente del TDC, Gonzalo Solana, dijo ayer en un curso organizado por de la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) en El Escorial que 'el argumento y el analisis es el mismo que en Cepsa, y la multa, superior por tener mayor cuota de mercado'.

Según Repsol, la medida solamente será marginal. La empresa recordó ayer que la multa se impone con infracciones en 50 estaciones de servicio de las 75 analizadas y añade que, a 'diferencia de lo resuelto sobre Cepsa, que se refería a todas las gasolineras en régimen de comisión, la infraccion de Repsol sólo se da en algunas modalidades de contratos'.

La petrolera que preside Alfonso Cortina recurrirá esta multa ante la Audiencia Nacional y considera y sostiene que los precios en sus estaciones de servicio abanderadas son 'sólidos y se ajustan a derecho'. Repsol argumenta que no fija el precio final al público, ya que los gasolineros a los que sirve el combustible pueden aplicar descuentos contra su comisión de entre 4,25 y 7 pesetas por litro. Fuentes de la APES, que preside Andrés Delgado, han señalado que este argumento se viene abajo porque Repsol, a la hora de liquidar sus impuestos con Hacienda, los calcula sobre el precio final al público, lo que 'deja claro que fija el precio al consumidor'.

Al igual que pasó en el expediente de Cepsa, el tribunal no se pronuncia sobre la duración de los contratos de las petroleras y las gasolineras por no estar 'en el expediente debidamente acreditado'. El Servicio de la Competencia ha considerado que la duración de los contratos es superior a los cinco años que fijó la UE en 1999 y que en algunos caso llegan a los 25 años. Por ello, se fijó un plazo de adaptación hasta el 1 de enero próximo.

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