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MEDIO AMBIENTE

Obras Públicas clasifica como suelo urbano 5 hectáreas del marjal de Peñíscola al aplicar una sentencia

La Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (COPUT) ha reclasificado como suelo urbano cinco hectáreas del marjal de Peñíscola, incluido por la de Medio Ambiente en el proyecto de Catálogo de Zonas Húmedas y por tanto destinado a considerarse íntegremente suelo no urbanizable. Según se publicó el 6 de marzo en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, Obras Públicas resolvió en diciembre aplicar una vieja sentencia, de diciembre de 1994, del Tribunal Superior de Justicia que daba vía libre a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Peñíscola referente a la zona denominada El Prado. La modificación suponía cambiar la zona de suelo urbanizable programado a suelo urbano. La sentencia fue recurrida pero en verano pasado la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo falló en el mismo sentido que el TSJ.

Ahora, Obras Públicas aplica la modificación del PGOU, de forma que la empresa Levinsa puede construir en el valioso humedal. Y traslada su decisión a Medio Ambiente. Sin embargo, la sentencia es más antigua que la ley de Espacios Naturales Protegidos, que protege los humedales. Medio Ambiente informó ayer que el alcance de la reclasificación 'lo están estudiando los servicios jurídicos' de la consejería.

La decisión ha sido calificada por los ecologistas de 'golpe de muerte' al marjal. Enrique Luque, portavoz de Apnal-Ecologistas en Acción lamenta 'la pasividad de la justicia para adecuar la sentencia a las normativas vigentes y las ansias urbanísticas del Ayuntamiento de Peñíscola, que sigue sin entender lo que es la conservación de la naturaleza'. Luque dice que 'al ganar los recurrentes el contencioso y fijar las normas urbanísticas, se permitirá la urbanización masiva de esta zona, que coincide con terrenos del marjal', que 'cuenta con ayudas europeas para su conservación'.

El edil de Urbanismo, Andrés Martínez, cree que la medida no supondrá edificaciones en el marjal y que la solución puede ser 'una indemnización de la consejería a los propietarios de los terrenos'.

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