La Generalitat proyecta poner vigilancia electrónica a los maltratadores
Los autores de malos tratos contra las mujeres verán mermada su capacidad de movimiento gracias a un nuevo instrumento de vigilancia electrónica que permitirá a la policía comprobar si el agresor cumple la prohibición de mantenerse alejado del domicilio de la víctima. Esta es una de las medidas que el Instituto Catalán de la Mujer prevé en la proposición de ley que la Generalitat presentará en el Parlament para endurecer las penas contra quienes golpeen a su pareja.
La violencia doméstica está cada vez más extendida, como lo demuestra el aumento de denuncias por malos tratos en los últimos cuatro años. En 1997 se presentaron en Cataluña 2.483 denuncias; en 1998, 3.260; en 1999, 3.288 y en el año 2000, 3.562, según datos del Ministerio del Interior y de los Mossos d'Esquadra. En toda España se cursaron en esos años 18.535, 20.673, 21.778 y 23.366 denuncias, respectivamente. Los expertos creen que las estadísticas reflejan sólo parte del problema, cuyo alcance real se desconoce ya que muchas mujeres no se atreven a denunciarlo.
Desde el Instituto Catalán de la Mujer se trata de articular una serie de actuaciones judiciales y civiles de aplicación inmediata tendentes a aumentar el control del agresor, descargando a las víctimas de una parte del peso que ahora se ven obligadas a soportar en solitario. Con demasiada frecuencia son ellas quienes se quedan en la calle al abandonar el domicilio familiar solas o con los hijos, hartas de ser objeto de malos tratos.
Con las modificaciones legales se quiere conseguir que sea la mujer quien se quede en la casa y el agresor el que se vaya. En algunos casos se han colocado en la muñeca de algunas mujeres agredidas instrumentos electrónicos para permitirlas que pidan ayuda, pero ello no siempre es eficaz cuando aparece de improviso el marido con ánimo de reincidir. De ahí que ahora se quiera invertir los términos y el vigilado sea el maltratador.
Prohibición de contactar
En el proyecto de ley de prevención de la violencia en el hogar se establecen dos fases de actuación a partir del momento mismo en el que se produce el delito o la falta. En los primeros 10 días se prohíbe al agresor entrar en el domicilio, telefonear a la víctima o establecer contacto con ella de cualquier forma. Mantener alejado al violento del lugar de residencia, de trabajo o de estudio de la agredida es fundamental en la primera fase.
El paso siguiente incluye medidas temporales que de forma cautelar y por un periodo de unos tres meses permitirán que la mujer decida si tramita un proceso de separación o divorcio o de cuestiones relacionadas con la manuntención de los hijos. Para facilitar el procedimiento que se debe seguir en esta situación, las mujeres encontrarán un impreso normalizado en los juzgados. Una vez cursada la petición, el juzgado de primera instancia adoptará en el plazo de 24 horas las medidas que considere oportuno.
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