Inversión colectiva
El Consejo de Ministros ha adoptado un nuevo Real Decreto (91/2001) que modifica el reglamento de las instituciones de inversión colectiva. La reforma se ha debido al gran cambio que ha presentado en la última década el sector de la inversión colectiva, lo que ha hecho necesario adaptar el ordenamiento jurídico financiero. De este modo, la modificación pretende abrir el mercado a nuevas figuras de inversión colectiva que estén presentes en nuestro entorno económico. Además, otra de sus finalidades es flexibilizar la creación y operatividad de las instituciones españolas para hacerlas más competitivas. Por otro lado, el nuevo reglamento se adapta a las propuestas de reforma de la legislación comunitaria sobre organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (Directiva 85/611). El primer grupo de artículos del Real Decreto se orienta a flexibilizar la política de inversión de estas instituciones, introduciendo la posibilidad de que las gestoras tomen como referencia índices bursátiles o de renta fija como excepción a los límites de concentración. Por otra parte, se trata de incorporar un régimen de participaciones significativas similar al de otros sujetos que actúen en los mercados. También se establecen normas de recursos propios para las las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (BOE número 42, de 17-2-01).
Información facilitada por: Aquí Europa http://www.aquieuropa.com Teléfono: 00 32 2 732 65 85 Fax: 00 32 2 742 25 53 Esta sección se puede consultar en EL PAÍS Digital: www.elpais.es/p/d/temas/legisla/portada.htm
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