El gasto farmacéutico y los precios de referencia
El viernes 1 de diciembre entró en vigor el decreto de precios de referencia. El aumento progresivo, por encima del IPC, de la factura farmacéutica obliga a tomar medidas para contener el gasto, y la aplicación de los precios de referencia es una de ellas, que afortunadamente no se basa en el recorte de la prestación sanitaria. En 1999, la factura farmacéutica fue un 9,95% superior a la de 1998, y el Sistema Nacional de Salud (SNS) financió con 1.041.035 millones de pesetas el gasto efectuado a través de las recetas dispensadas por las farmacias. Este año, la situación no mejora, ya que en julio, por primera vez, se han superado los 100.000 millones de gasto en un solo mes.Los fundamentos para la regulación del sistema de precios de referencia se encuentran en el artículo 94.6 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, y en la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, que añade al citado apartado un tercer párrafo en el que se determina que el farmacéutico debe sustituir la especialidad farmacéutica prescrita cuando ésta supere la cuantía establecida como precio de referencia, excepto si el beneficiario opta explícitamente por aquélla.
El año pasado, por fin, se aprobó el RD 1.035/1999, por el que se regula el sistema de precios de referencia, y el 13 de julio de este año, la orden ministerial por la que se determinan los conjuntos homogéneos de presentaciones farmacéuticas y se aprueban los precios de referencia. Se considera precio de referencia la cuantía máxima que se financiará con cargo a los fondos del SNS de las presentaciones de especialidades farmacéuticas incluidas en cada uno de los conjuntos homogéneos establecidos.
Desde el 1 de diciembre, cuando la especialidad farmacéutica bioequivalente prescrita supera la cuantía establecida como precio de referencia, el farmacéutico debe sustituirla por una especialidad farmacéutica genérica del mismo conjunto homogéneo cuyo precio no supere al de referencia. Si el paciente no acepta la sustitución y no tiene un informe médico que lo justifique, deberá abonar la diferencia.
La entrada en vigor del decreto de los precios de referencia, con el apoyo al uso de genéricos, es un avance que mejora la eficiencia del sistema sanitario, aunque con limitaciones, ya que no se comprende la timidez del decreto a la hora de establecer los precios, que no son los mínimos, sino que se establecen mediante una compleja fórmula -que se detalla en el artículo 2-, suma ponderada según los consumos y precios de los últimos 12 meses. Un acto de respeto, tal y como se recoge en su redactado, hacia la industria farmacéutica: "Los equilibrados criterios establecidos para su cálculo e implantación, en los que se tienen en cuenta las características específicas del mercado español, evitan los posibles efectos negativos que este sistema de financiación pudiera suponer al sector farmacéutico". No encontramos justificación para que la Administración sanitaria pague más por lo mismo.
Además, no debemos confiarnos en que esta medida sea la panacea. La tendencia de la industria farmacéutica es la de sacar al mercado variaciones de fármacos ya comercializados, hecho que, con una política comercial agresiva, hace que el nuevo medicamento arrincone al viejo (¿genérico?). No olvidemos que la investigación clínica está bajo su control, promocionando más del 90% de los ensayos clínicos presentados, y que ésta no tiene la obligación de publicar los resultados obtenidos.
La inexcusable retirada del mercado español de medicamentos de alto valor terapéutico y bajo coste, como es el caso de Esidrex, diurético que se asocia frecuentemente a enalapril y captopril, incluidos en la lista de la orden ministerial, puede hacer inviable en algunos casos la utilización de éstos y obligar al médico a prescribir especialidades que contengan dicha asociación, opción más cara que la anterior.
Existen demasiados intereses para que la aplicación del decreto de precios de referencia sea fácil. El encarecimiento de los nuevos medicamentos y el aumento constante del gasto farmacéutico son un problema importante, que debe exigir una mayor atención de las administraciones sanitarias: deben vigilar y evitar el trasvase de prescripciones hacia los medicamentos que con similar actividad terapéutica sean más costosos
Para contener el gasto farmacéutico de forma eficiente es necesario modificar y racionalizar el sistema de prescripción-dispensación. Los centros de atención primaria deben reestructurarse para poder ser verdaderos centros de salud, no centros expendedores de recetas. Se debe poder informar al paciente sobre salud y medicamentos, y las farmacias deben colaborar en esa tarea. El farmacéutico, como profesional integrado en el Sistema Nacional de Salud, debería estar remunerado por su papel como asesor y dispensador de medicamentos, colaborando en programas sanitarios de atención al paciente, y no tan sólo en base a lo que vende.
Lourdes Girona es farmacéutica y miembro de la Junta Directiva de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública.
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