Condena a un médico que no prescribió mamografías
Carcinoma
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a un ginecólogo y a su compañía aseguradora a indemnizar a una paciente, como consecuencia de no practicar las pruebas suficientes para poder diagnosticarle tempranamente un cáncer de mama.El importe se fijará en la fase de ejecución de sentencia, una vez que ésta adquiera firmeza. El letrado Gustavo López-Muñoz, abogado de la paciente, anunció que su patrocinada pedirá una cantidad próxima a los 25 millones.
Según los hechos probados, la paciente, nacida en 1937, se golpeó en la mama izquierda en un accidente en 1982 en la bañera, por lo que hubo de ser operada. En 1987 visitó por primera vez al ginecólogo F. J. D. I., que no le prescribió ninguna mamografía.
La paciente acudió regularmente a la consulta para las revisiones anuales, de 1989 a 1994, tiempo durante el que el ginecólogo le prescribió "una sola mamografía", en 1991. El radiólogo informó que era conveniente un estudio citológico "para diagnóstico diferencial entre secuelas posquirúrgicas o un comedoca [cáncer]". El ginecólogo "no consideró necesaria" la práctica de tales prueba.
En noviembre de 1994, la paciente acudió a la consulta por tener la mama izquierda enrojecida y con supuración, por lo que el ginecólogo solicitó una mamografía, tras la que se diagnosticó un "carcinoma ductal infiltrante (...) que obligó a una masectomía radical con nacimiento axilar (...), con un tratamiento de 11 sesiones de quimioterapia y 25 sesiones de radioterapia".La sentencia estima que, desde 1980, la mamografía es "un método imprescindible para la detección del cáncer de mama", y que a la paciente, por su edad y antecedentes, debió de practicársele "una mamografía bianualmente, para así poder hacer un diagnóstico precoz del cáncer de mama, lo que hubiera permitido optar por una cirugía conservadora en vez de masectomía".
Dado que el ginecólogo "no practicó las pruebas suficientes que tenía a su alcance, según los avances científicos actuales, a fin de poder diagnosticar tempranamente la enfermedad", la sala ratifica la condena del juzgado de primera instancia y desestima los recursos de apelación de condenado y aseguradora.
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