Hacienda revisará al alza uno de los criterios que fijan el valor catastral
Hacienda está preparando una orden ministerial en la que se revisa al alza uno de los módulos que forman parte de los siete indicadores que se utilizan para efectuar el cálculo del valor catastral de los inmuebles cuando se llevan a cabo sus revisiones, según explicaron ayer fuentes oficiales. Esta reforma "sólo servirá de base para las revisiones que se efectúen a partir del próximo año", según Hacienda. El cambio afectará a 12,2 millones de inmuebles, el 47% del total.
Papel de los ayuntamientos
La revisión de este criterio (denominado técnicamente Módulo de Valor, que pasa de 110.000 pesetas por metro cuadrado a 135.000 pesetas por metro cuadrado) no implica ninguna revisión catastral ni debe suponer un aumento impositivo, según explicó ayer Hacienda en un comunicado tras una información que publicó ayer Expansión.El ministerio afirma que el encarecimiento de este criterio obedece a la necesidad de actualizar los indicadores que sirven de base al valor catastral y se realizará atendiendo a la petición de los ayuntamientos, que se han mostrado partidarios de la reforma.
El departamento que dirige Cristóbal Montoro explica que la revisión del citado módulo se realiza de forma periódica y ya fue actualizado en 1993, 1995 y 1998. "Se trata de un elemento de cálculo que no predetermina el valor catrastral final, dándose la circunstancia de inmuebles que reducen su valor catastral a pesar de revisar al alza dicho módulo", dice.
España cuenta en la actualidad con 26 millones de inmuebles, de los que un 6% revisa cada año su valor catastral, de forma que se sitúe en torno a la mitad del valor de mercado. Desde 1993 se viene procediendo a la revisión de los valores catastrales. Hasta el 1 de enero de 2000 se ha procedido a la revisión 2.153 municipios, que representan el 53% de los inmuebles. Es decir, la reforma afectará a 12,2 millones de inmuebles, el 47% del total.
Por otra parte, los tipos aplicables a los valores catastrales revisados para calcular el importe del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) son competencia de los ayuntamientos, siendo el tipo medio actual del 0,6%, aunque el límite mínimo fijado es del 0,1%. Por esta razón, el Ministerio de Hacienda considera que "es responsabilidad de los ayuntamientos acompasar las medidas de revisión catastral con los tipos impositivos del IBI, dentro del margen de que disponen para minimizar el impacto de la revisión catastral que efectúa la administración central".
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