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La Comunidad veta la instalación en Torrejón de Velasco de una planta de residuos tóxicos

Vicente G. Olaya

El Gobierno regional ha impuesto su veto urbanístico sobre la planta de tratamiento de residuos tóxicos y peligrosos que la empresa Cartera Ambiental pretende levantar en Torrejón de Velasco (1.608 habitantes). La Consejería de Obras Públicas ha emitido un informe desfavorable a la calificación urbanística solicitada por los promotores de la planta para iniciar las obras. La consejería considera que la planta no respeta la distancia mínima de dos kilómetros que el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP) impone a este tipo de instalaciones con respecto a núcleos urbanos.

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Directiva Seveso II

"El barrio de El Restón, en Valdemoro, se alza a menos de dos kilómetros de la planta, lo que contraviene el reglamento. Por ello, la propuesta de resolución es negativa", explica el consejero de Obras Públicas, Luis Eduardo Cortés. En las instalaciones estaba previsto tratar 35.000 toneladas anuales de residuos industriales especiales, además de contar con un almacén de 200.000 toneladas de capacidad para residuos combustibles, físico-químicos y lodos. La planta contaba una declaración de impacto ambiental positiva, firmada por la Consejería de Medio Ambiente el 29 de diciembre de 1999, con dos condiciones: que no almacenara residuos tóxicos y que aceptase residuos procedentes de otras comunidades autónomas o del extranjero. El comienzo de las obras quedaba así a expensas de la calificación urbanística positiva al proyecto.

Se presentaron más de 10.000 alegaciones en contra de la planta. "La inmensa mayoría hacía referencia a la cercanía al barrio de El Restón", reconoce Cortés. Las alegaciones estaban firmadas por dirigentes públicos de 21 municipios cercanos a Torrejón de Velasco, miembros de 60 colectivos vecinales de Madrid y Toledo y por la Plataforma contra el Macrovertedero, que denunciaron los graves daños medioambientales que ocasionaría la planta en los pueblos próximos.

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas se opuso también porque, en su opinión, dañaría el yacimiento paleontológico del cerro de los Batallones, en Valdemoro. Sólo las autoridades municipales de Torrejón de Velasco se mostraron favorables a la planta, ya que atraería más de 3.500 millones de inversión y crearía 100 empleos directos.

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Los técnicos de Urbanismo determinaron que la distancia entre la planta y El Restón contravenía, además del citado Reglamento de Actividades Molestas, la Directiva Europea 96/82, conocida como Seveso II (en referencia a un gigantesco escape químico ocurrido en esta ciudad italiana en 1976). Esta norma europea regula las condiciones sobre instalaciones donde se tratan sustancias tóxicas y peligrosas.Luis Eduardo Cortés destaca que, tras el informe desfavorable de la consejería, aún es preceptivo "dar audiencia" a Cartera Ambiental para que presente sus alegaciones. Posteriormente, la Comisión de Urbanismo tomará la decisión definitiva. Aproximadamente, el 40% de las 23 hectáreas del proyecto se encuentran a menos de dos kilómetros de Valdemoro. Los gestores de la planta, si quieren ponerla en marcha, tendrían que volver a diseñarla en el 60% del terreno restante. Pero esta operación obligaría a la elaboración de una nueva declaración de impacto ambiental. Otra posibilidad es comprar los terrenos próximos para compensar los que se encuentran afectados por la distancia impuesta por el Reglamento. Pero estas fincas tampoco servirían para paliar las hectáreas perdidas, porque la Comunidad ha aprobado recientemente el Plan General de Torrejón de Velasco. Todas las parcelas adyacentes a las que actualmente posee Cartera Ambiental han sido recalificadas como suelo no urbanizable especialmente protegido, en el que no se puede levantar ningún tipo de industria.

El director del proyecto de Cartera Ambiental, Vicente Galván, se mostró en junio "plenamente confiado en la construcción de la planta", cuyas obras consideró "imparables", ya que su empresa había "seguido estrictamente los cauces legales". Según Galván, el reglamento al que hace mención Cortés "ya no tiene validez, puesto que la Comunidad aprobó una ley más reciente, la 10/91, en la que no se establece distancia mínima".

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Sobre la firma

Vicente G. Olaya
Redactor de EL PAÍS especializado en Arqueología, Patrimonio Cultural e Historia. Ha desarrollado su carrera profesional en Antena 3, RNE, Cadena SER, Onda Madrid y EL PAÍS. Es licenciado en Periodismo por la Universidad CEU-San Pablo.

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