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El juez Bacigalupo sostiene que "la jurisprudencia del Supremo no es contraria al Pacto Internacional"

En su calidad de magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adscrito a la Sala de Vacaciones, Enrique Bacigalupo Zapater, consultado por EL PAÍS, indicó que no cree que el acatamiento del Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU deba ser considerado como "una deslegitimación del recurso de casación" y que "no se requiere una reforma legal que amplíe el objeto del mismo".El dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU declaró que la sentencia de 1993 que condenó a Cesario G. V. a 12 años de prisión por asesinato frustrado no cumplía las exigencias del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos suscrito por España, que establece el derecho de toda persona declarada culpable a que su condena sea sometida a un tribunal superior. El Comité recuerda que España "tiene la obligación" de que en lo sucesivo "no ocurran violaciones parecidas" y ha dado un plazo de 90 días para que se le informe sobre las medidas adoptadas para aplicar el dictamen.

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En opinión de Enrique Bacigalupo, el dictamen "sólo se refiere a un caso en el que se adoptó un punto de vista extraordinariamente restrictivo del objeto de la casación, pues se excluyó que el principio in dubio pro reo pudiera fundamentar el recurso".

Doctrina consolidada

En la actualidad, por el contrario, "se ha consolidado una doctrina que admite la casación en los casos en los que un tribunal ha condenado a pesar de sus dudas sobre los hechos, y en todos los casos en los que la decisión sobre los mismos puede ser considerada contraria a la interdicción de la arbitrariedad que prevé la Constitución".Esta doctrina, "cuya ponderación se echa de menos en la escueta fundamentación del dictamen" según Bacigalupo, tiene sus antecedentes en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y ya no permite, en opinión del magistrado, sostener que el recurso de casación no cumple con el Pacto Internacional.

No obstante, Bacigalupo señaló que, si bien la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha recomendado, en su reciente informe a la Sala de Gobierno del mismo, la introducción de un recurso de apelación ante los Tribunales Superiores de Justicia, como instancia previa al recurso de casación, "ello no significa que la Sala piense que el actual sistema de recursos es contrario al Pacto Internacional".

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El magistrado rehusó hacer sugerencias sobre la forma en la que el Gobierno debe informar al Comité de Derechos Humanos en el plazo de 90 días, pero reiteró que, a su juicio, "la evolución de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los estudios para introducir un recurso de apelación previo al de casación, sugeridos por el alto tribunal, serían una forma adecuada para aplicar el dictamen del Comité".

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