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El Supremo obliga a un holandés a pagar en España a su ex esposa

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado al holandés René Peter a pagar en España a su ex esposa, María Wienande Gerarda den Hartog, una pensión alimenticia de 2.500 florines (188.750 pesetas) mensuales, en ejecución de una sentencia de divorcio dictada en Rotterdam. Peter se ha opuesto durante siete años a la ejecución en España de ese fallo, pero el Supremo ha de- sestimado finalmente su recurso.La condena dictada en 1991 por un juez holandés impuso a Peter el pago de dicha cantidad mensual "por adelantado". La presencia en España del condenado obligó a su ex esposa a pedir en 1993 la ejecución de esa parte de la sentencia holandesa, según el Convenio de Bruselas de 1968.

El juez de Denia (Alicante) al que correspondió el caso acordó la ejecución de la sentencia holandesa en lo referido a la pensión mensual, y ordenó que se exigiera a Peter que hiciera efectivo el pago de más de 4,5 millones de pesetas por los alimentos ya devengados y los que se fueran devengando, más las costas procesales. Apelada esta decisión, la Audiencia de Alicante la confirmó.

La sentencia del Tribunal Supremo condena definitivamente a Peter, tras razonar que el Convenio de Bruselas contempla la ejecución en España de la pensión alimenticia fijada en el fallo holandés.

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