Los jueces salvan el Castell, la última playa virgen de la Costa Brava
El TSJC asegura que Política Territorial menoscabó las competencias municipales
Plataforma popular
El Ayuntamiento de Palamós está capacitado para aprobar el plan urbanístico que proteja definitivamente de la especulación al sector de la Plana y al paraje del Castell, una de las últimas playas vírgenes que quedan en la Costa Brava. Eso es lo que ha acordado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en una reciente sentencia en la que también se asegura que la decisión de la Generalitat que frenó en 1995 una iniciativa del consistorio en este sentido constituyó una "desviación de poder" y una injerencia en las competencias municipales.La zona de la Plana y la playa del Castell fueron declaradas suelo no urbanizable por el propio TSJC el 30 de mayo de 1995. Esa sentencia fue recurrida por Inmobiliaria Cano SA, la promotora del proyecto de construcción de 180 viviendas, un hotel y un complejo deportivo. El Tribunal Supremo todavía no ha resuelto ese recurso. Sin embargo, al margen de lo que decidieran, el Ayuntamiento de Palamós acordó modificar el Plan General de Ordenación de la ordenación para proteger la zona, pero chocó con la oposición de la Generalitat.
Tras conocer la sentencia del TSJC, el alcalde de Palamós, Jordi Pellí, aseguró que "la playa del Castell tiene asegurada definitivamente su protección".
La justicia censura que la Generalitat anulase un plan de Palamós para preservar el Castell
El proyecto de la empresa Inmobiliaria Cano SA de urbanizar la zona había sido avalado por la misma Comisión de Urbanismo de Girona en 1992, después de que el Ayuntamiento de la época modificase un plan urbanístico de 1959 y declarase la zona urbanizable". Sin embargo, los vecinos se movilizaron contra el proyecto y crearon una plataforma que agrupaba a diversas entidades denominada Salvem Castell.La presión que ejercieron provocó en 1994 que el alcalde convergente Josep Ferrer convocara un referéndum. Siete de cada diez habitantes se mostraron contrarios al proyecto de urbanización y en 1995 el TSJC estimó un recurso presentado por la organización ecologista Depana contra el acuerdo de Urbanismo de 1992 y declaró la playa del Castell como suelo no urbanizable. Tras el referéndum, el Ayuntamiento de Palamós rectificó y recuperó el plan de 1959.
Ahora el TSJC recuerda que la sentencia de 1995 que declaraba la zona no urbanizable no era suficiente para preservar el Castell y que era necesario que la Administración adoptase las medidas necesarias para evitar que se pudieran acordar otros usos compatibles en esa declaración. Esa posibilidad ya era advertida por los técnicos municipales en el recurso que ha motivado esta sentencia.
Los jueces afirman que el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Girona de 1995 fue una "desviación de poder" porque la Ley Urbanística de Cataluña que invocó la Generalitat para frenar la iniciativa municipal "no da cobertura a su actuación".
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