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Atención limitada

El derecho a la sanidad es limitado. Así lo entiende el borrador que maneja el Consell sobre la ley de ordenación sanitaria, que alude a este concepto para justificar planteamientos de contención de gasto sanitario. "La inversión en sanidad constituye una importante partida presupuestaria que, para crecer ha de ser sostenida y reconducida tas una profunda reflexión", apunta el texto del anteproyecto. El razonamiento, incluido en la exposición de motivos, destaca la disparidad y la naturaleza creciente del gasto. Apunta a los motivos estrictamente sanitarios de este aumento -coste de nuevas tecnologías, nuevas prestaciones-, los demográficos -envejecimiento de la población- y a las razones socioculturales -mayor demanda asistencial e incremento de la exigencia de calidad-. Esta circunstancia "hace incurrir en la errónea percepción de la existencia de un derecho ilimitado a la obtención de cualquier recurso que potencialmente pueda beneficiar a la salud".

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Esta idea se completa en el capítulo cuarto, dedicado al sujeto del derecho a la protección, promoción y atención sanitaria. En este apartado se reconoce el derecho a la atención sanitaria como universal "para atender a la cartera de servicios básica del Sistama Nacional de Salud". De esta forma, se ciñe la asistencia a esta "cartera de servicios básica" cuya explicación reserva a un posterior desarrollo reglamentario. "En función de las prioridades del Gobierno de la Generalitat así como de las disponibilidades presupuestarias, el Consell podrá ampliar el catálogo de prestaciones, determinando en este caso las condiciones de acceso y financiación", concluye el artículo.

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