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El Consell pondrá en manos de un organismo autónomo la gestión de la asistencia sanitaria

La futura ley de ordenación sanitaria contempla la creación de la Agencia Valenciana de la Salud, un organismo autónomo con personalidad jurídica propia que gestionará los servicios asistenciales de la Comunidad. El borrador del texto que Sanidad pretende dar a conocer a final de año, detalla que la prestación y gestión de los servicios sanitarios podrá efectuarse "con medios propios o ajenos, públicos o privados". La ley admite que el derecho a la atención sanitaria es universal, con la apostilla "para acceder a la cartera de servicios básica del Sistema Nacional de Salud".

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La ley de ordenación sanitaria es el marco legislativo a través del cual el Partido Popular pretende sentar las bases de su política sanitaria. En el borrador del anteproyecto de este texto, al que ha tenido acceso este diario, uno de los aspectos más novedosos consiste en la creación de la Agencia Valenciana de Salud (AVS), un organismo autónomo encargado de la gestión de los recursos asistenciales "sujeto con carácter general al derecho privado en sus relaciones jurídicas externas". La Agencia, "configurada por la integración de todos los recursos públicos de la Comunidad" cuenta con "personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines", según se recoge en el título IV del borrador, íntegramente dedicado a este organismo. El nuevo ente está adscrito a la Consejería de Sanidad, sin embargo, su relación con la consejería eleva a su director a un rango próximo al del consejero. Los órganos superiores de la agencia son el consejo de administración y el director. Y las competencias sobre ellos se reservan al Consell, pasando por encima de la consejería. De esta forma, corresponden al Gobierno valenciano el nombramiento y cese de la Agencia, el acuerdo de constitución de los organismos dependientes de la Agencia, la aprobación de la estructura orgánica básica de la entidad y la aprobación de este organismo con personalidad jurídica propia.

El borrador destaca que para la provisión de servicios sanitarios "se podrán constituir organizaciones públicas dependientes de la AVS". A lo que añade: "La prestación y gestión de los servicios sanitarios podrá efectuarse con medios propios o ajenos, públicos o privados, de acuerdo a lo dispuesto legalmente".

Ante la posibilidad de que se desborden los organismos de corte privado, el borrador se cura en salud e incluye un párrafo inmediatamente posterior en el que apunta que el Consell "garantizará la existencia de una dotación de recursos de titularidad pública adecuada a las necesidades sanitarias, realizándose su planificación con criterios de racionalización de recursos por los departamentos competentes".

Otros de los aspectos que incluye el texto son los siguientes:

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- Sujeto de la atención sanitaria:El texto reconoce "universal" el derecho a la atención sanitaria pero apunta la matización "para acceder a la cartera de servicios básica del Sistema Nacional de Salud". Incluye, además, que en función de las prioridades del Consell y las disponibilidades presupuestarias "el Gobierno de la Generalitat podrá ampliar el catálogo de prestaciones, determinando en este caso las condiciones de acceso y financiación".

- Financiación por cabeza. En la elaboración de los presupuestos "la base del cálculo es capitativa". De estas forma, el factor derterminante para el envío de fondos es el número de ciudadanos.

- Leyes de mercado. Frente a la "actual rigidez" del modelo sanitario, las leyes de mercado "ofrecen al consumidor las ventajas de la elección de productores y servicios", señala el texto. El borrador apuesta por la libre elección de médico y centro, lo que "permitirá la financiación capitativa del sistema y la facturación intracentros del gasto ocasionado por el consumo de recursos sanitarios".

- Entidades de derecho privado. El texto destaca la "necesidad de un cambio en la naturaleza jurídica del proveedor de los servicios sanitarios". Por ello "la innovación necesaria ha de permitir aplicar las ventajas del régimen jurídico de los entes públicos de derecho privado".

- Regímenes laborales. El anteproyecto permite a los centros la futura contratación de sus trabajadores en los regímenes laborales que existan en cada momento, aunque destaca "el reconocimiento de los derechos adquiridos por los actuales trabajadores sanitarios".

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