Dos consejeros del PP llevan al juzgado al presidente de La General por percibir irregularmente su sueldo
Dos miembros del Consejo de Administración de la Caja General de Ahorros de Granada, en representación del PP, han denunciado en el juzgado de guardia al presidente de la entidad, Julio Rodríguez López, por la presunta percepción irregular del sueldo. La denuncia se basa en que según la nueva ley de las cajas de Andalucía sólo los presidentes ejecutivos pueden cobrar por su trabajo. La denuncia pide al juzgado que exija a Rodríguez la devolución del dinero cobrado desde el mes de enero, fecha en que comenzó la vigencia de la ley, y remita las actuaciones al fiscal por si el presidente de La General hubiera incurrido en algún delito penal.
La denuncia fue presentada por José Mesa y Luis Herrero Jiménez el pasado 6 de junio, 20 días después de que el consejo de la caja autorizara a Julio Rodríguez a cobrar el sueldo, cuya percepción había quedado en suspenso a causa de las dudas que planteó el nuevo régimen legal. Rodríguez cobra unos 17 millones de pesetas anuales.
La autorización del consejo se produjo a pesar de la existencia de un informe del director general de Tesorería y Política Financiera de la Junta de Andalucía, Antonio González Marín, que literalmente señala: "Dado que estatutariamente el presidente de la Caja General de Ahorros de Granada no es ejecutivo le es de aplicación el régimen general, sin que por tanto pueda percibir retribución alguna por el ejercicio de su cargo".
El informe, que fue emitido a petición de Comisiones Obreras, no ha sido tenido en cuenta por La General, que ha exigido un informe dirigido expresamente al Consejo de Administración por la Consejería de Economía y Hacienda. Julio Rodríguez intentó en su día sin éxito convencer a la asamblea para que modificara los estatutos y confiriera al cargo de presidente el carácter de ejecutivo
La Dirección General de Tesorería sostiene en el informe que la totalidad de los compromisarios y de los miembros de gobierno de la caja granadina sólo pueden percibir dietas por asistencia o desplazamiento.
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