Duras críticas judiciales a la intervención policial
La intervención policial en la clínica Dator de Madrid, para impedir un aborto supuestamente ilegal, fue severamente criticada por magistrados de la Audiencia de Madrid y del Tribunal Supremo consultados por este periódico, que apuntaron a la comisión de un posible delito de coacciones por los funcionarios policiales intervinientes.Las fuentes judiciales consultadas significaron que aunque el aborto sigue siendo delito y la policía tiene la misión de impedir delitos, lo que no puede hacer es identificar o registrar a las personas o los archivos que se encuentren en una clínica. Lo más que los policías podrían haber hecho era preguntar en la entrada, pero no identificar a nadie y menos interrogar a las personas por las razones por las que se encontraban allí. Sin autorización judicial la policía no puede iniciar investigaciones prospectivas ni recabar información sobre rumores que les han comunicado. Algunas preguntas podrían ser invasivas de la intimidad.
Estas fuentes rechazaron que la policía hubiese podido entrar en la Dator pretextando la flagrancia del delito, dado que dicha circunstancia está descartada. En cuanto a la llamada de la comisaría de Tetuán conminando a que no se practicase la interrupción del embarazo, todas las fuentes consultadas la calificaron como un delito de "coacciones".
"Si se confirma que actuaron con la finalidad de impedir un aborto sin la existencia de una resolución judicial en que se acordase la suspensión de la operación, tal conducta estaría exenta de cobertura y sería constitutiva de un delito de coacciones", manifestó la magistrada Montserrat Comas, portavoz de Jueces para la Democracia. "Dado que la ley reconoce la legalidad del aborto en tres supuestos, sólo el juez puede limitar o suspender la intervención. La policía no es competente para determinar si concurre alguno de los supuestos expresamente previstos".
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