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Críticas al Supremo por fallar que penetrar con los dedos no es violación CiU pide reformar el Código Penal para evitar estas sentencias

Amaya Iríbar

Una sentencia del Tribunal Supremo que no considera violación la penetración vaginal con los dedos ha provocado la indignación de las asociaciones de mujeres, que ayer la calificaron de "absoluta injusticia". Para la mayoría, este tipo de decisiones, no tan raras, perjudica sobre todo a los menores que sufren agresiones. Convergència i Unió presentó ayer una proposición de ley para castigar este tipo de prácticas.

La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebaja en dos años la pena de cárcel impuesta a Santiago D.S. por agredir sexualmente a una mujer. Si el agresor hubiera empleado un objeto para penetrar a su víctima, en lugar de los dedos, la pena de seis años de cárcel dictada en una instancia anterior por la Audiencia Provincial de Madrid se habría mantenido. Pero empleó una parte de su cuerpo para agredir a la mujer, y no un objeto, argumenta la sentencia, lo que habría constituido una agravante. Las asociaciones de mujeres fueron ayer las más críticas con la sentencia y mostraron su preocupación por las consecuencias que este tipo de decisiones pueden tener en los casos de agresión sexual sobre menores. La presidenta de la Federación de Mujeres Violadas, Tina Alarcón, aseguró que, "desgraciadamente", este tipo de fallos se han vuelto habituales desde la aprobación del nuevo Código Penal, en 1995, informa Europa Press. Esta opinión la comparte también la asociación de mujeres juristas Themis.

Para la abogada especializada en casos de violencia doméstica María José Varela, el problema de este tipo de sentencias es que "afectan fundamentalmente a los menores", que son agredidos de esta forma en más ocasiones que las mujeres.

Reforma de la ley

Más allá de las críticas, el Grupo Parlamentario Catalán presentó una proposición de ley en el Congreso para que la penetración con los dedos, la lengua o cualquier otro órgano sea considerada violación o al menos una agravante de la agresión sexual. De salir adelante, ésta modificaría la actual redacción del Código Penal.

La proposición -que ya fue presentada en la anterior legislatura, pero no salió adelante a tiempo- considera la actual legislación "profundamente lesiva", y cita una sentencia similar y del mismo órgano jurisdiccional que la que ayer levantó una oleada de críticas. El Tribunal Supremo decidió el año pasado rebajar la condena de un padre por haber penetrado con los dedos a su hija.

Para la secretaria de la mujer del PSOE, Elena Valenciano, el problema no es tanto de leyes como de su aplicación. "No conozco la sentencia concreta, pero cuando redactamos el Código Penal [se aprobó cuando aún gobernaban los socialistas] pretendíamos acabar con este tipo de equívocos", aseguró.

El Código Penal entiende por violación el "acceso carnal" por vía vaginal, anal o bucal que implique fuerza o intimidación, así como la introducción de objetos. Para la abogada y presidenta de la Comisión de Investigación de Malos Tratos, Consuelo Abril, esta redacción permite aplicar este tipo delictivo si se logra demostrar que la víctima fue obligada y se empleó violencia contra ella.

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Sobre la firma

Amaya Iríbar
Redactora jefa de Fin de Semana desde 2017. Antes estuvo al frente de la sección de Deportes y fue redactora de Sociedad y de Negocios. Está especializada en gimnasia y ha cubierto para EL PAÍS dos Juegos Olímpicos y varios europeos y mundiales de atletismo. Es licenciada en Ciencias Políticas y tiene el Máster de periodismo de EL PAÍS.

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