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El Ayuntamiento, declarado responsable civil por el crimen de la Villa Olímpica

El juez que investiga el crimen de Carlos Javier Robledo, de 22 años, como consecuencia de una brutal paliza ocurrida el 1 de abril en la Villa Olímpica ha declarado al Ayuntamiento de Barcelona responsable civil subsidiario de los hechos y le ha emplazado a que deposite una fianza de 200 millones de pesetas en el plazo de 24 horas. El magistrado Adolfo Fernández Oubiña, titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona, adopta esta resolución por considerar que el consistorio no adoptó ninguna medida para garantizar la seguridad de la zona y entiende que su decisión está avalada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En opinión del juez, resulta "de la más elemental justicia que no sean los extraños víctimas del delito quienes, en caso de insolvencia del culpable, asuman las consecuencias económicas del mismo".

La responsabilidad civil subdiaria del Ayuntamiento, que hoy será notificada a las partes, ha sido acordada por el juez después que los 10 jóvenes que permanecen encarcelados y procesados por los hechos se hayan declarados insolventes para afrontar la fianza de 20 millones de pesetas que el juez les impuso a cada uno de ellos hace unos días.

Al Ayuntamiento de Barcelona la noticia le sorprendió. "Estamos seguros de que esta decisión judicial no prosperará", manifestó el concejal Ernest Maragall. El consistorio barcelonés recurrirá contra la resolución e insistirá ante la Audiencia de Barcelona en ejercer la acusación particular en el proceso abierto contra los jóvenes.

PASA A LA PÁGINA 6

Jordi Roviralta

El juez exige 200 millones al Ayuntamiento y le reprocha que no protegiera una zona conflictiva

VIENE DE LA PÁGINA 1 El juez Fernández Oubiña censura en su resolución al Ayuntamiento de Barcelona por consentir a las salas de fiestas "sobrepasar los horarios de cierre y el despacho sin límite de bebidas alcohólicas y pócimas no especificadas a muchachos en la incertidumbre de la mayoría de edad" sin adoptar "las mínimas medidas de seguridad".

El juez fundamenta su afirmación sobre la falta de vigilancia en "las constantes quejas" expresadas por el presidente de la asociación de vecinos de la Villa Olímpica, Jordi Giró, a quien hoy ha citado a declarar como testigo y ha solicitado que aporte las denuncias presentadas en los últimos meses ante el consistorio relacionadas con "un área ciudadana tan conflictiva".

En una resolución dictada la semana pasada, el juez reclamó de la Guardia Urbana de Barcelona que especificara qué medidas de seguridad había en la zona el día de los hechos. Fuentes judiciales explicaron ayer que el consistorio todavía no ha respondido a esta petición, a la que el juez no se refiere en el auto por el que declara la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento.

Esta petición fue formulada por la familia de Robledo hace unos días y ni el fiscal ni ninguna de las partes personadas se opusieron.

"Voracidad impositiva"

El juez Fernández Oubiña entiende que su decisión está basada "en la más que justa reciprocidad a una voracidad impositiva que no procura, en su traducción a la defensa del bien común, ni siquiera un mínimo de seguridad para poder disfrutar con tranquilidad del cada vez más innacesible, por peligroso, tiempo de ocio". En otro momento el juez alude a "las elevadas tasas con que el municipio grava al tipo de establecimientos como en el que se iniciaron los hechos" y finaliza su resolución solicitando a la discoteca Back Fire que aporte todos los justificantes de los impuestos y tasas que haya abonado desde su apertura hasta el día en que se produjo el crimen.

Para mañana viernes el juez ha citado a declarar a un testigo presencial de la brutal agresión sufrida por Carlos Javier Robledo, así como a un responsable del servicio de seguridad de la discoteca. En los próximos días el magistrado resolverá también si acepta o rechaza las pruebas solicitadas por las partes. Entre las que sí se practicarán figura la ampliación de un informe pericial sobre los signos de violencia que presentaba el cadáver, mientras que una de las pruebas que serán denegadas será la reconstrucción del crimen.

El Ayuntamiento de Barcelona no comparte ninguna de las afirmaciones del auto judicial. En una comparecencia de urgencia ante los medios de comunicación, el concejal Ernest Maragall afirmó ayer que le parece un auto "desproporcionado, que demuestra un profundo desconocimiento de los procedimientos administrativos", y "jurídicamente poco solvente". El Ayuntamiento recurrirá contra él insistirá ante la Audiencia de Barcelona en ejercer la acusaciòn particular en el proceso.

Respecto a las irregularidades en los horarios, Maragall dijo ayer que la discoteca había sido denunciada 55 veces y que se le habían abierto tres expedientes. Uno de ellos acabó con una multa de 100.000 pesetas, en otro caso se propuso el pago de 750.000 pesetas y en un tercero se propone una sanción de un millón o el cierre del local por seis meses. "El Ayuntamiento no está de brazos cruzados ante los incumplimientos de horarios y aplicamos la normativa", insistió Maragall. No obstante, el concejal también dejó claro que "hay un largo camino que recorrer" para vincular un problema de horarios con la muerte a golpes de un joven.

Respecto a la falta de control de la zona, Maragall negó que la seguridad de la Villa Olímpica sea deficitaria. "Lo que ocurre es que la única forma de evitar los delitos sería colocar a un policía en cada esquina, y creo que ése es el dibujo de un Estado policial que nadie quiere".

El concejal se mostró convencido de que la instancia superior al magistrado -una sala de lo penal de la Audiencia de Barcelona- no compartirá el criterio del juez.

En cuanto al depósito de la fianza de 200 millones de pesetas y al plazo de 24 horas para depositarla, Maragall señaló que los servicios jurídicos del Ayuntamiento estudiarán qué hacer cuando tengan "conocimiento formal de ello".

Maragall también respondió a las referencias a la "voracidad impositiva" del Ayuntamiento barcelonés efectuadas por el juez en su auto indicando que se trata de un "elemento caricaturesco que no debe ser utilizado como un enfrentamiento personal".

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Un criterio poco frecuente

Los tribunales penales suelen ser bastante restrictivos a la hora de condenar a las administraciones como responsables civiles subsidiarias. En la vía civil y contenciosa las condenas son más frecuentes porque es más fácil acreditar el deber de cuidado que han de tener las administraciones de las dependencias que están bajo su tutela.Esa circunstancia se ha repetido, por ejemplo, en demandas presentadas por personas que han sufrido algún tipo de accidente en los mercados municipales, como es el caso de un reciente fallo que reconoció la responsabilidad civil del Ayuntamiento de La Llagosta (Vallès Oriental) por las lesiones que sufrió una vecina que se cayó en el mercado, que carecía de medidas de seguridad y estaba mal conservado.

En otro caso fue la Generalitat de Cataluña la que fue condenada en 1992 por la muerte de un recluso,apuñalado por otro, en la cárcel Modelo de Barcelona porque el tribunal consideró que la Administración estaba obligada a garantizar la integridad de los internos.

Sin embargo, incluso en casos como éste, los jueces mantienen criterios dispares. Así, por ejemplo, un tribunal de Madrid rechazó que la Administración penitenciaria fuera la responsable civil subsidiaria del asesinato de un preso porque el procesado no era ningún funcionario de la cárcel, sino otro interno.

Otras veces, los trinunales condenan a las administraciones por falta de garantías o el por deficiente funcionamiento de un servicio. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Barcelona fue condenado hace cinco años por un tribunal civil por las lesiones que sufrió una mujer al caer en un paso cebra de la ciudad.

La sentencia subrayaba que correspondía al consistorio indemnizar a la mujer porque se había comprobado la falta de adherencia de la pintura a la calzada. El año pasado el Ayuntamiento de Alicante fue condenado por falta de seguridad en las hogueras de San Juan. Un joven resultó gravemente herido al ser alcanzado por las llamas y al consisistorio se le condenó como responsable civil subsidiario por no tomar medidas correctas de seguridad para el aislamiento de las hogueras.

Todo responsable penal de un delito lo es también civilmente y los casos más habituales en los que se establece la responsabilidad civil subsidiaria de la administración son los delitos cometidos por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado.

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