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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Penados drogadictos

Hay cosas tan evidentes que choca la resistencia que a veces opone el derecho, o quienes lo crean y aplican. Es increíble, por ejemplo, que una persona que mata a otra en un ataque de enajenación mental -y que por esa causa es absuelta del delito- no sea sometida a tratamiento médico. Algo que parecería de sentido común. De ahí que haya escandalizado tanto que la Audiencia de Las Palmas y el ministerio fiscal no hayan adoptado esa medida en el caso del marido absuelto del homicidio de su mujer tras reconocerle la eximente de trastorno mental. De sentido común es también procurar que las condenas de personas que han delinquido bajo los efectos de la drogadicción se ejecuten más en razón de fines terapéuticos que meramente punitivos.A este respecto, el Tribunal Supremo acaba de conciliar sentido común y derecho en una sentencia que llama la atención sobre la incongruencia de que el Código Penal reserve el internamiento terapéutico para los dogradictos condenados a menos de dos años y se lo niegue a los que sufren condenas más graves. Señala que si el delito ha sido cometido bajo la circunstancia de drogadicción, no hay motivo para hacer distingos. Los tribunales deben ofrecer a todos la posibilidad de someterse a tratamiento de desintoxicación y cumplir así la condena.

La aplicación de esta doctrina debería llevar a un cambio en la actual estructura carcelaria española, pues al menos el 50% de los penados tiene problemas de toxicomanías y el 30% cumple condenas por delitos relacionados con la droga. También a tener más en cuenta en la aplicación de las penas las circunstancias personales del reo que el estricto principio de que quien la hace la paga. O bien el sistema penitenciario asume el tratamiento terapéutico de estos penados o bien se encarga de esa tarea a instituciones especializadas. A partir de esta sentencia será más difícil que los responsables del sistema penitenciario no hagan ni una cosa ni otra. Si la rehabilitación es un imperativo constitucional, no hay más remedio que taponar el agujero descubierto por el Supremo respecto de los penados drogodependientes.

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