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Las comunidades aplican la misma tarifa y pequeñas deducciones

Las comunidades autónomas que aceptaron el modelo de financiación autonómica vigente desde el año 1997 -todas menos Andalucía, Castilla La Mancha y Extremadura- no han ejercido en todo este tiempo su capacidad para subir o bajar la tarifa del impuesto sobre la renta. Tampoco han hecho un uso generoso de sus competencias para beneficiar a sus ciudadanos con mayores deducciones. En el extremo están Asturias, Cantabria, Canarias y Aragón, que se limitan este año a aplicar el impuesto estatal. - Comunidad Valenciana. Los hijos tercero y sucesivos nacidos o adoptados durante 1999 deducen 25.000 pesetas. Esta misma cantidad se aplica a los minusválidos de edad superior a 65 años. Se incentiva la compra de vivienda habitual para menores de 35 años, con una deducción del 3%. También se fomentan las donaciones para fines de interés ecológico y al patrimonio cultural valenciano.

- Madrid. Por el nacimiento de hijos se pueden deducir 25.450 pesetas; también el 10% de los donativos a fundaciones de la Comunidad de Madrid; y 50.000 pesetas por el acogimiento de mayores de 65 años.

- Murcia. Deducción del 2% de las cantidades invertidas en compra de vivienda habitual; el 10% por compra de segunda vivienda en Murcia; y el 20% por donativos para protección del patrimonio artístico y cultural.

- Castilla y León. Las familias numerosas tienen una deducción de 35.000 pesetas, más 15.000 pesetas por cada hijo en esta situación; entre 10.000 y 50.000 pesetas por nacimiento o adopción de hijos en 1999; y el 15% por donaciones al patrimonio histórico o rehabilitación de edificios que pertenezcan a él.

- Cataluña. Deducción de 25.000 pesetas por nacimiento o adopción de un segundo hijo o posterior durante 1999.

- Galicia. Entre 20.000 y 50.000 pesetas por cada hijo nacido el pasado año, según el número que haga dentro de la unidad familiar.

- Baleares. 4.000 pesetas por contribuyente de edad igual o superior a 65 años; 10.000 pesetas por minusvalías; un 15% de las cantidades destinadas a guarderías para hijos entre tres y seis años de edad, con un límite de 25.000 pesetas; el 10% de los gastos originados por los hijos que estudian fuera de esta comunidad, con un límite de 10.000 pesetas; y el 25% de las cantidades destinadas a mejoras de suelo rústico protegido.

- La Rioja. El 3% de las cantidades invertidas en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual; y el 7% por compra de segunda vivienda, con un límite de 75.000 pesetas.

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