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Un colegio es condenado por el intento de suicidio de una alumna

El Tribunal Supremo (TS) condenó ayer a un colegio de titularidad privada de Barcelona a pagar una indemnización de 10 millones de pesetas por el intento de suicidio de una alumna. El suceso se produjo el 30 de abril de 1991 cuando la niña, que tenía 12 años, se arrojó al vacío desde una ventana de un aula del séptimo piso del edificio, sufriendo heridas "gravísimas".En la sentencia, el TS argumenta que si "las ventanas estuvieran dotadas de los debidos mecanismos de protección, el suceso se habría podido evitar". El tribunal reconoce que la acción de la niña fue "un acto voluntario y consciente", pero indica que hubiera podido evitarse "si el Colegio Q. hubiera adoptado las medidas de precaución posibles y socialmente adecuadas" de acuerdo con las normas de la Generalitat.

Éstas indican que las ventanas no deben estar a menos de 1,10 o 1,20 metros, "medidos sobre cualquier elemento a que un niño pudiera subirse". Las ventanas del colegio estaban a 68 centímetros del suelo, y sus cierres carecían de mecanismos de seguridad y de redes o mallas de protección para eventuales caídas, lo que las hacía "fácilmente accesibles para los alumnos desde los pupitres colocados debajo de ellas", según la sentencia.

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