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Un juez absuelve a Tabacalera de la demanda de un fumador enfermo El afectado reclamaba una indemnización de 350 millones

El Grupo Altadis (antes Tabacalera) ha sido absuelto en la que, según este grupo, es la primera sentencia dictada en España por tabaquismo. La demanda fue presentada el 16 de octubre de 1998 en los juzgados de primera instancia de Madrid contra Tabacalera y el Ministerio de Economía. El demandante, José Calderón Crespo, alegaba sufrir el síndrome de Buerger (una enfermedad que obstruye las arterias) como consecuencia del consumo de tabaco, por lo que reclamaba 350 millones de pesetas.

El juez señala que el tabaco no ha sido el causante de la enfermedad, de etiología desconocida, por lo que no existe relación de causalidad entre el consumo de tabaco y la enfermedad sufrida por el demandante. El juez tampoco cree que haya habido conducta negligente por parte del fabricante y determina que la relación de éste con los consumidores es de naturaleza extracontractual. Calderón fuma desde la adolescencia y cree que el tabaco ha provocado el mal que padece. Éste obstruye las arterias y le ha dejado sin piernas ni brazos, informa la agencia Europa Press. Calderón señalaba también que el fabricante no advertía de los riesgos del tabaco cuando el demandante empezó a fumar.

Distintos expertos en cirugía vascular y del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (entidad asesora del Ministerio de Sanidad) comentaron ayer la sentencia que absuelve a la Administración del Estado y Altadis.

Fernando Ruiz (experto en cirugía vascular del hospital madrileño de La Paz) destacó que, si bien la enfermedad de Buerguer está relacionada "directamente" con el tabaquismo, ya que sólo aparece en fumadores, se desconoce si su vinculación es de causa-efecto.

Por su parte, el presidente de la Confederación Española de Asociaciones de Laringectomizados de España, Gumersindo Rodríguez, consideró que pese a que la primera sentencia por tabaquismo emitida en España ha absuelto a Altadis y a la Administración, "seguirán presentándose demandas" por los perjuicios que provoca el tabaco en la salud, entre los que destaca el cáncer. Rodríguez argumentó de que las compañías tabaqueras advierten del riesgo que supone el tabaco poniéndose a él mismo como ejemplo, y señalando que cuando comenzó a fumar hace más de 30 años no existían esas advertencias. Además, se preguntó cómo es posible que, estando probados científicamente los efectos nocivos del tabaco, no se persiga esta droga como se hace con la cocaína o la heroína.

Altadis manifestó su satisfacción por la sentencia que coincide con los pronunciamientos judiciales emitidos hasta ahora en Finlandia en 1992, Italia en 1997, Reino Unido en 1998 y Alemania, este año, que han rechazado las peticiones formuladas por demandantes y han absuelto a las compañías tabaqueras.

"Toda esta jurisprudencia nos avala en el convencimiento de que la apelación del caso Gourlain (Francia) tendrá éxito y la sentencia que se dicte vendrá a unirse a esta unánime corriente doctrinal europea". Para Altadis, estos pronunciamientos "ponen de manifiesto la gran diferencia existente entre el sistema legal continental europeo y el sistema legal norteamericano".

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