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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Condenado

No se trataba de audaces -e incomprendidas- operaciones financieras cargadas de futuro; tampoco de simple imprudencia temeraria. Los artificios contables desplegados por Mario Conde y sus cómplices eran un simple ejercicio de encubrimiento de operaciones destinadas a enriquecerse personal e ilegalmente a cuenta del banco que dirigían. Ya no es una opinión más o menos fundada, sino una conclusión que se desprende de la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el caso Banesto. Es decir, sobre la relación entre el agujero descubierto en esa entidad tras su intervención y el enriquecimiento de algunos de sus gestores. El héroe de quienes hagiográficamente consideraron que la intervención obedecía a un impulso político ha resultado ser un estafador.De nueve operaciones enjuiciadas, la sentencia estima con contenido delictivo siete, aunque algunas de ellas las considera prescritas o sin tipo penal aplicable conforme al anterior Código Penal, y cifra en más de 7.000 millones de pesetas el quebranto económico producido en Banesto. Su ex presidente es condenado a 10 años y dos meses de cárcel por apropiación indebida y estafa en tres de los casos considerados; una pena inferior a los 13 años y ocho meses que le caen a su lugarteniente, Arturo Romaní, seguramente porque siendo la persona encargada de ejecutar las operaciones ha dejado más huellas.

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La Audiencia condena a 10 años de cárcel a Conde por apropiación indebida y estafa.

La sentencia era esperada no sólo por la gravedad de los delitos enjuiciados -de estafa, apropiación indebida y falsedad-, sino porque nunca antes un tribunal de justicia se había enfrentado al reto de aplicar dichos tipos delictivos a operaciones de ingeniería financiera tan sofisticadas como las llevadas a cabo por Mario Conde y sus colaboradores.

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El caso ponía a prueba la capacidad de la justicia española para adentrarse en el entramado de esas operaciones y descubrir el engaño y el afán de enriquecimiento que podían esconderse tras su aparente brillantez. Pero es que además todo este asunto desafiaba la capacidad de la justicia para desmontar la teoría de la persecución política, publicitada de forma reiterada por los escribidores de Conde.

La sentencia demuestra que la Fiscalía de la Audiencia Nacional actuó con fundamento al querellarse en noviembre de 1994 contra Conde y sus colaboradores basándose en actuaciones imputables a ellos personalmente. La condena del ex banquero puede parecer corta en relación con los casi 50 años solicitados por el ministerio fiscal. Así lo creen, sobre todo, las asociaciones que han representado en el juicio a la enorme masa de perjudicados: pequeños accionistas, empleados, contribuyentes.

Ciertamente, los condenados podían haber salido peor librados. Pero lo importante es que el fallo de la Audiencia ha puesto de manifiesto que la justicia es capaz de desentrañar a la vez los artificios para disimular el delito y las artimañas -incluyendo un intento de chantaje al Gobierno de entonces- para garantizarse la impunidad. La sentencia permitirá recuperar una parte al menos del patrimonio al declarar el comiso -incautación por el Estado- de las principales propiedades inmobiliarias de Conde.

En todo caso, la última palabra, como sucedió en el caso Argentia Trust, en el que Conde fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión, la dirá la Sala Segunda del Supremo, a la que, previsiblemente, recurrirán los condenados y las acusaciones.

De los siete delitos de que era acusado Conde, la Audiencia Nacional ha considerado probados una estafa relacionada con su actuación en las operaciones Centro Comercial Concha Espina y Oil Dor y una apropiación indebida en la operación de las Cementeras de Banesto. Se considera prescrito el de apropiación indebida de los 300 millones de pesetas que Conde alega haber entregado, sin haberlo acreditado nunca, a Adolfo Suárez. Además de los anteriores delitos, a Arturo Romaní se le considera responsable de otro delito de apropiación indebida en cuantía de 1.344 millones de pesetas relacionada con la operación de Carburos Metálicos. También han sido condenados el ex director general de Banesto Fernando Garro (antiguo hombre de confianza de Conde) y el ex consejero de la entidad Rafael Pérez Escolar. Los otros siete ex colaboradores de Conde procesados han sido absueltos.

La sentencia puede considerarse ponderada. Allí donde no advierte suficiente carga probatoria resuelve no forzar los tipos penales. Quizá por ello parezca suave, pero resulta demoledora para Conde. Simplemente porque quedan demostrados todos y cada uno de los delitos cometidos por aquel gran hombre.

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