El Tribunal Superior anula el acuerdo de la Generalitat de retirar 3 emisoras a la COPE
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló ayer la decisión de la Generalitat de no renovar a la COPE tres frecuencias de radio por las que venía emitiendo en Barcelona, Manresa y Tarragona. La sentencia considera que el pliego de cláusulas utilizado para revocar esas concesiones y otorgar otras 30 licencias valoró de manera "desproporcionada" el uso del catalán en la programación y que de esa manera se vulneró el derecho constitucional a comunicar o recibir libremente una información veraz. La Generalitat anunció que no recurrirá contra la sentencia.
La sentencia dictada ayer por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC da respuesta al recurso que presentó la COPE contra una parte del decreto del Gobierno catalán de 4 de mayo de 1999 por el que éste concedió 33 nuevas frecuencias de radio. Al resolver ese concurso no se renovó la concesión administrativa de las tres frecuencias por las que emitía la COPE. Las de Barcelona y Manresa se adjudicaron a la futura cadena Radiocat XXI -participada en un 85% por el grupo Godó, editor del diario La Vanguardia, que fue el mayor beneficiario de ese concurso al adjudicársele 12 frecuencias-, y la de Tarragona al locutor Justo Molinero.La COPE recurrió ante los tribunales alegando la vulneración de varios derechos constitucionales y ahora los jueces le han dado la razón. La sentencia contiene el voto particular del magistrado Antonio Moya Garrido, más extenso que la propia resolución de la sala, quien afirma que el recurso debió rechazarse porque no se conculcó ningún derecho.
Sentencia firme
Mientras se resolvía el recurso judicial, la COPE siguió emitiendo y Radiocat XXI obtuvo todos los permisos administrativos y se declaró lista para salir a antena, pero el TSJC no se lo permitió hasta que se dictara sentencia. Esa resolución será firme en los próximos días porque la Generalitat anunció ayer que no recurrirá ante el Tribunal Supremo. La fiscalía tampoco lo hará porque durante la tramitación del recurso se pronunció a favor de la COPE.
El consejero de la Presidencia de la Generalitat, Joaquim Triadú, explicó que no se recurrirá contra la sentencia. "Estamos muy satisfechos con su contenido", afirmó. El Gobierno catalán entiende que la sentencia "reafirma la bondad de la Ley de Política Lingüística" y que la sala se ha limitado a "examinar cuestiones de legalidad ordinaria".
El tribunal asegura que no cuestiona que la Generalitat aplicara en el pliego de cláusulas del concurso la Ley de Política Lingüística de 1998 -por ejemplo, la obligación de emitir en catalán un mínimo del 50% de la programación-, pero afirma que la puntuación fue "desproporcionada". En este sentido, se recuerda que los aspectos referidos al uso de la lengua se valoraron un 64,3%, frente al 35,7% atribuido a otros factores, tales como la viabilidad del proyecto, las horas de emisión o si existía una programación propia.
La sentencia precisa que las disposiciones que establece la Ley de Política Lingüística son de obligado cumplimiento, pero "no pueden servir como criterios valorativos" para adjudicar las emisoras. En otro apartado, el TSJC afirma que no se puede limitar el número de frecuencias que se otorgan, sino que la Administración debe conceder todas las disponibles "para no interferir más allá de lo que el estado actual de la técnica permita". Lo contrario, afirma la sala, vulnera el derecho constitucional a la libertad de información. PASA A LA PÁGINA 6
El Gobierno catalán anuncia que aplicará la sentencia cuando otorgue nuevas concesiones
VIENE DE LA PÁGINA 1 El Gobierno catalán anunció ayer que en los próximos meses volverá a realizar la adjudicación de las tres polémicas frecuencias retiradas a las emisoras de la COPE en Barcelona, Manresa y Tarragona, y de un nuevo paquete de seis: dos en Barcelona, una de ellas utilizada también por la COPE en la actualidad, y cuatro por las que se emite desde Roses, Berga, Blanes y La Bisbal d'Empordà, la única libre en la actualidad.
El consejero de Presidencia, Joaquim Triadú, anunció ayer que la fórmula jurídica que se empleará para resolver esas concesiones todavía no está decidida, pero anunció que, en cualquier caso, "se aplicará el criterio que fija el tribunal" en la sentencia. Es decir, se reducirá la "desproporcionada" puntuación de las cuestiones relativas al uso de la lengua y la cultura catalanas que se estableció en las concesiones de hace un año.
Las dos fórmulas que estudian los servicios jurídicos de la Generalitat para realizar las nuevas concesiones consisten en convocar un nuevo concurso al que puedan concurrir por segunda vez todos los interesados o bien en evaluar las características de las empresas que se presentaron en su día y resolver las adjudicaciones a través de la mesa de contratación.
"No tenemos ninguna voluntad política de dar o no dar emisoras a un grupo o a otro, sino que se las llevará el que ofrezca mejores condiciones", afirmó Triadú. Por su parte, el portavoz del Gobierno catalán y consejero de Economía, Artur Mas, aseguró: "La Junta de Andalucía o la de Extremadura también conceden licencias y no renuevan otras, pero no se llenan los kilos de papel que se llenan cuando la decisión la adopta la Generalitat".
La sentencia explica que el tribunal no cuestiona que el pliego de cláusulas de la Generalitat valore las propuestas concretas para fomentar las manifestaciones de la cultura catalana, ni que se emita al menos la mitad de la programación en esta lengua, ni que se garantice "una presencia significativa del aranés" o que las emisoras se adapten a las "necesidades socioculturales" de su ámbito de influencia". Se trata, en todos los casos, de criterios recogidos en la Ley de Política Lingüística de 1998 que la sentencia califica de "obligaciones de estricto cumplimiento legal".
"Bajo estos parámetros no se cuestionan por la sala esos criterios, pero sí su puntuación desproporcionada", afirma el tribunal, con relación a otros requisitos, como la viabilidad del proyecto, la vinculación de la emisora con otros medios de comunicación de Cataluña o su presencia en el entorno radiofónico. En concreto, recuerdan los jueces, los primeros criterios se valoraron hasta con 20 puntos cada uno de ellos, frente a los 10 puntos de los segundos.
La Generalitat, por el contrario, sostiene en su interpretación de la sentencia que no se ha vulnerado ningún derecho fundamental, sino que "el tribunal ha descendido a valorar los criterios enumerados en el pliego de condiciones desde una perspectiva más propia de la legalidad ordinaria".
Voto particular
El voto particular del magistrado Antonio Moya Garrido considera que el recurso de la COPE debió desestimarse porque la puntuación de los criterios para exigir el catalán están orientados a normalizar esta lengua en los medios de comunicación y "ha de ser necesariamente entendido como medida de fomento y de promoción (...) en función de la existencia de una situación de hecho aún caracterizada por su desigualdad y su uso aún minoritario".
En este sentido, el magistrado recuerda que tres cadenas de ámbito español obtuvieron frecuencias en el concurso, lo que pone de manifiesto que el baremo fijado "no resulta inalcanzable". Asimismo señala que la "única beneficiada" por el pliego de las cláusulas es la lengua hablada y la música cantada en catalán, así como las distintas manifestaciones de la cultura catalana. Por ello añade que el "esfuerzo de adaptación" y los cambios de estructura, organizativos y de programación que las empresas estatales deban hacer para adecuarse a este modelo "no afectan a la constitucionalidad de las condiciones del concurso".
Según el juez discrepante, el concurso da prioridad a exigencias que fomentan y normalizan el uso de catalán, "evitando dilaciones en el tiempo o la relativización en el cumplimiento de las previsiones y exigencias de la Ley de Política Lingüística".
Además del derecho constitucional a comunicar o recibir libremente información veraz, que reconoce el tribunal, el recurso de la COPE invocó que la retirada de la tres licencias también había vulnerado otros derechos constitucionales que el tribunal no analiza.
El Grupo Godó confía en recuperar las dos emisoras
El Grupo Godó, accionista mayoritario de la cadena Radiocat XXI, considera que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no sólo no supone un revés a su proyecto empresarial, sino, al contrario, "un espaldarazo judicial". Este grupo periodístico confía en que tras las nuevas adjudicaciones que ha de realizar la Generalitat podrá recuperar las dos frecuencias de Barcelona y Manresa por las que actualmente emite la COPE y que le fueron otorgadas hace un año por el Gobierno catalán. El motivo, según explica un comunicado difundido ayer por el Grupo Godó, es que Radiocat XXI obtuvo una puntuación más alta que la COPE en aquel concurso. El Grupo Godó anunció que tiene la intención de empezar sus emisiones dentro de un mes a través de la cadena RAC 1, la emisora convencional, con sede en Barcelona.Por el contrario, la cadena Cope entiende que la sentencia restaura el derecho fundamental a la libertad de expresión y muestra la satisfacción de la empresa por haber logrado lo único que pretendía al iniciar el procedimiento judicial: seguir emitiendo por las tres emisoras.
Los partidos políticos catalanes también valoraron la sentencia de manera desigual. Para el presidente del Partido Popular en Cataluña, Alberto Fernández Díaz, la decisión del tribunal supone "un suspenso" a la política de "intervención" y "de designaciones a dedo" de la Generalitat.
Por su parte, el Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC) e Iniciativa per Catalunya-Verds, (IC-V) coincidieron en reclamar que la concesión de licencias de radio y televisión sea competencia del Consell de l'Audiovisual de Cataluña "por seguridad jurídica y de imparcialidad". El diputado socialista Miquel Iceta justificó esta reclamación en la necesidad de "disipar cualquier duda" sobre la transparencia de este tipo de adjudicaciones, mientras que el portavoz del partido ecosococialista, Joan Boada, aseguró que si se mantiene el criterio actual "priman los intereses partidistas".
El consejero de Presidencia, Joaquim Triadú, anunció que el Gobierno catalán "no tiene ningún inconveniente" en que el Consell de l'Audiovisual emita sus informes para resolver las nuevas concesiones, pero rechazó la sugerencia de los grupos de la izquierda.
Finalmente, Esquerra Republicana de Catalunya censuró la decisión del tribunal al asegurar que la Generalitat actuó en el uso de sus competencias y pidió "más sensibilidad a los jueces".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Alberto Fernández Díaz
- Política nacional
- ERC
- CAC
- Declaraciones prensa
- Ortografía
- Justo Molinero
- Joan Boada
- Radiofórmula
- TSJ Cataluña
- La Vanguardia
- Miquel Iceta Llorens
- Joaquim Triadú
- Lingüística
- Tribunales
- Cataluña
- Gobierno autonómico
- Poder judicial
- Partidos políticos
- Lengua
- Radio
- Comunidades autónomas
- Política autonómica
- Prensa
- Administración autonómica