La Audiencia vizcaína absuelve a dos dirigentes de LAB y multa a un tercero por desobediencia a la Ertzaintza
La Audiencia Provincial de Vizcaya ha absuelto a tres dirigentes de LAB de los delitos de desobediencia, resistencia a la Ertzaintza y de una falta de insultos a los agentes, respectivamente, y sólo condena a uno de ellos, Domingo Lorca, responsable de Acción Sindical, al pago de una multa de 2.000 pesetas por una falta de desobediencia.La resolución desestima la petición del fiscal, que solicitaba ocho meses de cárcel para Lorca por desobediencia a la autoridad y otros tantos para Txutxi Ariznabarreta por resistencia, así como una multa de 20.000 pesetas para Itziar Lopategi, por insultos. La Sección Segunda vio el caso el pasado enero.
Los hechos de los que son absueltos los tres dirigentes del sindicato abertzale tienen relación con los incidentes registrados el 7 de febrero de 1997 durante una protesta delante del Palacio de Justicia de Bilbao contra la detención de la Mesa Nacional de Herri Batasuna. El tribunal desea "aclarar desde un pimer momento" que, salvo en el caso de Lorca, los agentes de la Ertzaintza que intervinieron en los hechos "han sido incapaces de poder ratificar la presencia" de los acusados en el lugar. La sentencia reconoce que identificar a los mismos fue posible gracias a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del propio Palacio de Justicia.
"Las tan mencionadas imágenes", han servido para acreditar que Lorca se negó ante la Ertzaintza a identificarse, tal y como le imputó el fiscal. Sin embargo, estima que la desobediencia sólo fue en calidad de responsable de la concentración, no a título personal. Resalta que una interpretación constitucional lleva a que la identificación policial debe ser "racional, adecuada y pertinente (...) sin abrir espacios inmunes que permitan detenciones encubiertas".
Por lo que se refiere a la acusación contra Ariznabarrena de obstaculizar la detención de Lorca, los magistrados consideran que "falla un previo como que es que la detención era improcedente", por lo que le absuelve. También absuelve a Lopategi de la falta de insultos, aunque tenga "la vehemente sospecha de que ciertamente pudo insultar a los agentes", pero éstos no pudieron "ni siquiera ratificar" su presencia en el lugar de los hechos.
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