El juez anula un cambio urbanístico porque responde sólo a criterios económicos
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anula una modificación del Plan General Metropolitano (PGM) de una zona de Ripollet. El TSJC considera que los motivos que impulsaron al Ayuntamiento de Ripollet a modificar el Plan General no responden a planteamientos urbanísticos, sino económicos.Entre 1991 y 1992, el Ayuntamiento de Ripollet planteó un cambio concreto del PGM y la aprobación del Plan Parcial del sector noreste (Pinetons) de Ripollet. En aquel momento, el consistorio renunció al 10% de terreno edificable que le corresponde al municipio para servicios y equipamientos y lo cedió a empresas inmobiliarias. Según la sentencia, el Ayuntamiento accedió a aumentar el suelo destinado a viviendas en más de 23.000 metros cuadrados, reduciendo el espacio de zona verde. A cambio, Ripollet obtenía la cesión de 27 hectáreas de zona verde y los recursos para poder urbanizarlas.
El actual alcalde de Ripollet, el socialista Carles Farré, opina que la resolución judicial afronta un problema de procedimiento porque, opina, el TSJC no puede admitir que un ayuntamiento haga negocio y "pueda adquirir una zona verde a cambio del 10% de la edificabilidad". Según Farré, lo único que ha hecho el consistorio es "pagar un espacio verde con el dinero de las inmobiliarias y no con el del municipio". El Ayuntamiento de Ripollet presentará recurso de casación contra la sentencia.
El principal grupo de la oposición, la agrupación independiente COP, no comparte estos criterios. El COP lleva siete años batallando para que sea anulado el plan urbanístico de los Pinetons porque, señalan, supone "obsequiar con centenares de millones de pesetas a las inmobiliarias". De acuerdo con su tesis, el "negocio" que ha hecho el Ayuntamiento con las inmobiliarias es "ruinoso porque el valor catastral del terreno del parque no supera los ocho millones de pesetas y la urbanización del mismo ronda los 200 millones; a cambio, las inmobiliarias aumentaban el volumen de edificación en 47.000 metros cuadrados".
La agrupación independiente, que fue la que interpuso la demanda ante el TSJC, ha criticado duramente el procedimiento utilizado por el consistorio: "La lógica del Ayuntamiento podría llevarnos a la situación extrema de que cada vez que un consistorio tenga problemas económicos, en vez de gestionar mejor, pedir subvenciones o expropiar, podría aumentar la edificabilidad y así obtener recursos de la especulación inmobiliaria".
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