_
_
_
_
_

El escándalo del 'caso Otegi'

Nunca antes se había ordenado en Madrid la repetición íntegra de un juicio por no ser capaz el jurado de alcanzar un veredicto. Desde que entró en vigor la Ley del Tribunal del Jurado, a fines de 1995, se han celebrado en la capital de España 94 juicios mediante el procedimiento del jurado (el año pasado, el que más, 40), según datos oficiales. Lo que sí se han producido, tanto en Madrid como en otras comunidades autónomas, son dictámenes de tribunales superiores de justicia y del Tribunal Supremo en los que se modifican las penas impuestas en juicios con jurado o se ordena repetir una determinada vista. Pero no porque el jurado no hubiese alcanzado un veredicto, sino por no motivar sus miembros correctamente el fallo o por contradicciones e incoherencias en el objeto del veredicto; es decir, se fundamenta la culpabilidad de alguien y luego se falla a la inversa.

Más información
Un tribunal ordena repetir un juicio ante la incapacidad del jurado de emitir veredicto

En el llamado caso Otegi (el joven que fue absuelto por un jurado del asesinato de dos ertzainas en 1995), tanto el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco como el Tribunal Supremo ordenaron repetir el juicio "por carecer de motivación" el veredicto absolutorio emitido por el jurado. Tras ser exculpado, Otegi quedó libre y huyó de la justicia.

En la Comunidad de Madrid, el pasado mes de octubre, los errores de un jurado llevaron al Tribunal Superior a ordenar que se repitiese íntegro un juicio por el homicidio de un joven que, tras ser asesinado, fue arrojado a un pozo situado en una nave en ruinas del distrito madrileño de Carabanchel.

En este caso, el jurado declaró "no probado" que los tres acusados fuesen los autores del crimen y pese a ello culpó a los tres del homicidio. En esta incoherencia, entre otras, se basó el alto tribunal madrileño para ordenar que se repitiese la vista oral. En 1998, el Supremo también revocó la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que desestimaba la posibilidad de revisar la sentencia que absolvía a un acusado de un delito de allanamiento de morada.

El Supremo obligó a repetir el juicio y, paralelamente, recordó a sus órganos inferiores la necesidad de vigilar en los juicios con jurado las exigencias que al respecto establecen las leyes, especialmente, señalaba el Tribunal Supremo, en este periodo de "rodaje", en el que "se necesita el esfuerzo de todos para hacer fácil el asentamiento de una norma de tanta trascendencia".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_