El Constitucional afirma que Díaz Alperi faltó a la verdad en su declaración de bienes, como denunció EU
La obligada declaración de bienes que el alcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, del PP, presentó ante el Registro General del Ayuntamiento en 1995, cuando resultó elegido por primera vez, "no coincidía con la realidad", según ha sentenciado, cinco años después del inicio de un largo proceso judicial, el Tribunal Constitucional.El alto tribunal ha otorgado su amparo al portavoz municipal de EU, José Luis Romero, que recurrió una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Alicante, que lo condenaba a 15.000 pesetas de multa o un día de arresto sustitutorio por una falta de vejaciones leves al primer edil. En aquellas fechas, Romero afirmó públicamente que Alperi "mintió" en su declaración patrimonial, y el Constitucional considera ahora "acreditado" que así fue, aunque el hecho no constituye un delito del que deba responder el alcalde.
Romero y el ministerio fiscal sostenían que Díaz Alperi alteró la relación de su patrimonio al no incluir, en el documento oficial que los concejales electos firman al acceder al cargo, algunos vehículos, un yate y los cargos que ocupaba en varias sociedades privadas. El asunto generó una agria polémica, que acabó en los tribunales cuando el primer edil consideró lesionado su derecho al honor.
La sentencia del Constitucional, que en los próximos días se publicará en el BOE, antepone el derecho a la libertad de expresión al del honor de los cargos públicos cuando se trata de asuntos de interés general, y defiende la libertad de manifestar opiniones en el marco de una polémica pública en la que intervienen personajes públicos que generan opinión pública.
El tribunal coincide con el concejal de EU en que la declaración de bienes que registró el alcalde del PP no era veraz, y mantiene que José Luis Romero, al denunciar la situación, contribuyó a informar a la opinión pública sobre unos hechos.
El TC, en base a su jurisprudencia consolidada, señala en la sentencia que cuando se produce colisión entre el derecho al honor y la libertad de expresión como derecho fundamental, los jueces deben hacer una ponderación de ambos, y entiende que el objeto de la polémica en cuestión era de interés público. Por eso, recrimina a los jueces de Alicante su "escasa fundamentación" jurídica para condenar al concejal de EU, así como la carencia de ponderación a la que debían haberse ajustado.
José Luis Romero insistió ayer en la "legitimidad" de sus declaraciones, y pidió al alcalde que se disculpara públicamente "por haber faltado a la verdad" en un documento público.
Díaz Alperi, por su parte, señaló que el condenado era Romero y no él. "Ese tema ya lo valoró el pueblo en las urnas", señaló.
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