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UGT demanda en los tribunales que Salud compute el tiempo trabajado por una empleada en la UE

La libre circulación de mano de obra en la Unión Europea ha planteado una duda hasta los tribunales: ¿Cómo debe valorarse el tiempo trabajado fuera de España a la hora acceder a una bolsa de empleo? El caso lo ha abierto una malagueña que estuvo empleada tres años en un hospital de Alemania y a la que la Consejería de Salud se niega a computarle ese período. La demanda contencioso-administrativa fue presentada en diciembre por UGT. La Consejería cree que la norma vigente sólo tiene en cuenta el tiempo empleado en centros del Sistema nacional de salud.

El sindicato cree que la Consejería vulnera el artículo 39 del Tratado de la Unión Europea, que establece que "la libre circulación supondrá la abolición de toda discriminación por razones de nacionalidad entre los trabajadores de los estados miembros con respecto al empleo, la retribución y las demás condiciones de trabajo". Además, el sindicato recurre a una sentencia dictada hace dos años por el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo en el caso de una médica griega a la que se discriminaba en Alemania porque sus servicios no habían sido prestados dentro de la Administración germana. El fallo sostiene que toda reglamentación que introduzca "una discriminación contraria" al tratado "es nula de pleno derecho". Es más, la resolución añade: "El juez nacional está obligado, sin esperar la eliminación de esa cláusula discriminatoria por medio de la negociación colectiva, a aplicar a los perjudicados el mismo régimen que se aplica a los demás trabajadores".

Técnicos de la delegación de Salud en Málaga defendieron la postura de la Administración. "El tiempo trabajado en un hospital alemán, aunque sea público, no encaja en ningún apartado puntuable de nuestro baremo. Nos hemos limitado a aplicar los criterios establecidos por la Mesa de Contratación, que también son los que aplica el Servicio Andaluz de Salud en los concurso-oposición. Además, es una decisión que no se ha adoptado a la ligera, sino tras la correspondiente consulta a los Servicios Centrales del SAS".

Aunque el contencioso se refiere a un caso puntual, el interrogante sin dudas abrirá un camino administrativo tanto si los tribunales dan la razón a la trabajadora como si respaldan la tesis de la Consejería.

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