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Las enmiendas del PP abren una vía de litigios entre los accionistas y los titulares de las opciones

Las enmiendas presentadas por el PP en el Senado para regular las opciones sobre acciones y otros instrumentos similares concedidos antes del 1 de enero del 2000 y no ejecutados a esa fecha, abrirán una fuente de conflictos entre los beneficiarios de estos incentivos y las juntas de accionistas, en el supuesto de que éstas los rechacen. En el caso de Telefónica, los 100 contratos suscritos con sus directivos con la legislación anterior (año 1997) podrían ser anulados por la junta y recurridos por los perjudicados, si éstos consideran que los nuevos requisitos no pueden fijarse con carácter retroactivo.

Más información
Los directivos no consejeros podrán informar de sus planes sin detallar

Este problema, reconocido ayer por fuentes del Grupo Parlamentario Popular, se ha intentado encauzar con la exigencia de que los contratos de opciones sobre acciones u otros incentivos ligados al valor de Bolsa sean, previamente a su pago, comunicados a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) con el acuerdo de la junta de accionistas. De esta forma, según la misma fuente, sería la CNMV la encargada de sancionar un posible incumplimiento del acuerdo de la junta de accionistas por la vía administrativa en lugar de sustanciarse por la vía judicial, más lenta que la primera.Estas enmiendas fueron presentadas el pasado lunes en el Senado por el PP a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos del 2000, en sustitución de dos anteriores del Congreso, también propuestas por el grupo mayoritario. En ellas se exige que los planes de opciones sobre acciones y otros incentivos ligados al valor en Bolsa de una empresa, suscritos con anterioridad al 1 de enero del año 2000, deben comunicarse de forma detallada a la CNMV y estar aprobados por la junta de accionistas para que puedan ejecutarse.

Respecto de esta polémica, el Congreso debatió y rechazó ayer una moción del PSOE, pactada con IU, que perseguía impedir los planes de opciones sobre acciones en las empresas privatizadas en los 10 últimos años, que tengan precios regulados, que no repartan dividendos y que ejerzan su actividad en monopolio de hecho en algunos segmentos. Todas estas condiciones se cumplen en el caso de Telefónica.

Igualmente, proponía que el límite de 2,5 millones de pesetas para poder reducir un 30% la renta obtenida de forma irregular (en más de dos años) no perjudicase a otros rendimientos del trabajo. El PP y sus socios parlamentarios (CiU, PNV y Coalición Canaria) sumaron 170 votos en contra frente a 139 a favor. El Congreso también rechazó otra moción de Nueva Izquierda en el mismo sentido.

Pese a ello, el portavoz del PP Vicente Martínez Pujalte arremetió con dureza contra el plan de opciones de Telefónica -"mi grupo no apoya el enriquecimiento especulativo", dijo- y también contra el PSOE. "Criticamos la España del pelotazo que impulsó el Gobierno socialista", afirmó Pujalte.

El defensor de la moción del PSOE, Francisco Fernández Marugán, llegó a afirmar que "en España existe un profundo desorden moral que ha generado una desilusión colectiva", algo de lo que responsabilizó al presidente de Telefónica, Juan Villalonga, "compañero de colegio del presidente del Gobierno ", y al PP "por legitimar este fraude".

Contenido de las propuestas

Las enmiendas presentadas por el PP en el Senado señalan, en sus principales aspectos, lo siguiente:

"Los directivos de sociedades cotizadas cuyas acciones estén admitidas a la negociación en una Bolsa de valores, deberán comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores las entregas de acciones y los derechos de opción sobre acciones que reciban en ejecución de un sistema de retribución de dicha sociedad. Igualmente deberán comunicar los sistemas de retribución, y sus modificaciones, referenciados al valor de las acciones que respecto de los mismos se establezcan".

(...) "La retribución consistente en la entrega de acciones, o de derechos de opciones sobre las mismas o que esté referenciada al valor de las acciones, deberá preverse expresamente en los estatutos, y su aplicación requerirá un acuerdo de la junta general de accionistas". (....)

"La aplicación de sistemas de retribución consistentes en entrega de acciones o de derechos de opción sobre las mismas, así como cualquier otro sistema de retribuciones que esté referenciado al valor de las acciones, a directores generales y asimilados de sociedades cotizadas, que desarrollen funciones de alta dirección bajo dependencia directa de los órganos de administración, de comisiones ejecutivas o de consejeros delegados de las sociedades cotizadas requerirá la previa aprobación de la junta general de accionistas". (...)

"El ejercicio y la enajenación de los derechos de opción sobre acciones concedidos antes del 1 de enero del año 2000 a los administradores de una sociedad cotizada en ejecución de sistemas de retribución de la misma, en el supuesto de que no esté expresamente prevista en los estatutos sociales esta forma de remuneración, requerirá en todo caso la previa aprobación de la junta general de accionistas".

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