Las 'trampas' del fiscal, claves a favor del español condenado a muerte
El Colegio de Abogados de Madrid pide en Florida un nuevo juicio por falta de defensa
La vista oral previa a la condena a muerte de Joaquín José Martínez, primer español condenado en Estados Unidos a la pena capital, adoleció de varias trampas a cargo del fiscal del caso, materializadas en cambios de la hora del crimen o de los testimonios inculpatorios que impidieron una adecuada defensa del acusado, según el alegato del Colegio de Abogados de Madrid, que pedirá el martes próximo en Florida la repetición del juicio por defensa deficiente.
El Colegio de Abogados de Madrid solicitará el próximo 2 de noviembre ante el Tribunal Supremo de Florida que revoque la sentencia contra Martínez y deje sin efecto su condena a muerte. Alternativamente, y con base en que el juicio en el que se le condenó estuvo "repleto de violaciones" de las garantías procesales mínimas, especialmente graves en un juicio en el que se pedía la pena de muerte, argumentará a favor de la repetición de la vista.El alegato invoca el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por Estados Unidos, España y otros 142 países, en el que se reconoce el derecho a un juicio justo, que requiere, según el Colegio de Abogados de Madrid, "un fiscal ético, un abogado defensor competente y un juez imparcial y concienzudo". Sin embargo, "el proceso contra Martínez careció de estos elementos básicos", afirma.
Una de las alegadas violaciones del pacto internacional mencionado es el derecho del acusado a "ser informado oportunamente y de forma detallada (...) de la naturaleza y la causa de la acusación". Según esta norma, el letrado defensor debería tener acceso a las evidencias que existían contra su defendido.
Sin embargo, en el hecho crítico del caso, la hora de la muerte de las dos víctimas que se le atribuyen a Martínez, la acusación "confundió a la defensa". Mientras que en principio figuraba entre el 29 y el 31 de octubre de 1995, "en la segunda sesión del juicio, sin avisar previamente a la defensa, el fiscal cambió su teoría" y planteó que las muertes pudieron ocurrir en la tarde del día 27.
Acusación cambiante
La importancia de este cambio de fechas es que la necesidad de encontrar una coartada se refiere a momentos distintos, con lo que se hizo "imposible que Martínez montara su defensa porque la naturaleza de la acusación cambiaba". Igual ocurrió con la modificación del testimonio de al menos cuatro testigos que cambió "significativamente" sin que el Estado lo notificara a la defensa. El Colegio de Abogados de Madrid alega que tales ocultaciones y modificaciones acusatorias implican por parte del fiscal "un comportamiento poco ético durante el juicio".
Otra vulneración de garantías alegada ante el Tribunal Supremo de Florida guarda relación con el derecho a una asistencia letrada. El escrito de alegaciones invoca el criterio de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, órgano que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de de Derechos Civiles y Políticos, que atribuye al tribunal el deber de "asegurar que la dirección del caso por el abogado no es incompatible con los intereses de la justicia" y que el acusado contará con "las facilidades y el tiempo adecuados (...) para preparar el caso".
El alegato español apela a una resolución del Consejo Económico y Social de la ONU de 25 de mayo de 1984 por la que se recomiendan algunas especiales "salvaguardas procesales que garanticen la protección de los derechos de las personas que se enfrentan a la pena de muerte", entre ellas "una asistencia legal adecuada durante todo el proceso".
Sin embargo, el abogado defensor se mostró pasivo e ineficaz frente a los cambios acusatorios del fiscal, y durante el juicio declaró al jurado, "paradójicamente, que él sí creía en la pena de muerte". Según el Colegio de Abogados de Madrid, además, dicho letrado "hizo poco para impedir que a Martínez se le condenara a la pena de muerte".
Estas alegaciones se dirigen también al juez Roger Padgett, que permitió esta defensa y que, por su parte, permitió que el jurado usara la transcripción escrita de una cinta de vídeo inaudible. Igualmente, el escrito de alegaciones denuncia que se tuviera en cuenta un testimonio "no fiable" al dar por bueno el criterio del detective principal del caso de "interrogar en la cárcel a cualquiera que hubiera estado en contacto con el acusado".
Martí Mingarro: "Una chapuza"
Luis Martí Mingarro, decano del Colegio de Abogados de Madrid, califica el juicio que condenó en Florida al español Joaquín José Martínez a la pena de muerte como "una chapuza".Desde La Habana, a 200 kilómetros de Florida, Martí Mingarro explicó ayer a este periódico el alcance de la primera intervención del colegio como amicus curiae (coadyuvante) para la defensa del primer español condenado a muerte en Estados Unidos: "Hemos querido añadir a la defensa el peso institucional del primer colegio de abogados de un país como el nuestro, cainita y con una tradición sangrienta en materia de pena de muerte".
Para el decano de los abogados de Madrid, "causa rubor que Estados Unidos, tras haber erradicado en 1972 la pena de muerte, diera marcha atrás y la restableciera en 37 Estados en 1978, precisamente cuando la Constitución Española la abolió". Martí Mingarro recuerda que el Tribunal Supremo de Estados Unidos fundamentó en 1972 la supresión de la pena capital en que no podía mantenerla "un país contrario a penas arbitrarias, crueles y desusadas", a pesar de lo cual la restableció seis años después.
Además de la tradicional posición del Colegio de Abogados de Madrid contra la pena de muerte, Martí Mingarro justifica su alegato en Florida en "la falta de garantías" durante el proceso que condenó a Martínez, "que no hubiera podido ser condenado en España a esa pena, pero que lo ha sido en un país que se proclama defensor de los derechos humanos".
El decano y veterano letrado confía en que "la denuncia del anormal desarrollo y las irregularidades producidas durante el juicio deje paso a un nuevo juicio con un nuevo jurado". De no ser así, siempre cabrá el recurso ante el Tribunal Supremo Federal.
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