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Monte Benacantil, hito histórico

Cuando los intereses de unos pocos persisten, lamentablemente, no hay respeto por aquello que nos rodea, ni aún en el supuesto de mediar razonamientos de carácter histórico y como tal, de gran trascendencia en el análisis cualitativo de los orígenes y formación de la ciudad de Alicante. Probablemente, este jueves 21 a las 17.00 el Consell Valencià de Cultura tome una postura oficial sobre la problemática existente por la decisión del Ayuntamiento de esta ciudad, en levantar una edificación en el monte Benacantil.La prensa está llevando a cabo un seguimiento al litigio que supone la actuación cívica de ciudadanos al oponerse a la ocupación del monte Benacantil por una edificación destinada a palacio de congresos y requerir a un órgano consultivo la emisión de un informe sobre la idoneidad o el equívoco que supone la decisión de ocupar el ya exiguo monte Benacantil.

Por otro lado, lo que se publica en prensa sobre el monte no llega a divulgar los valores históricos y de sitio de los que goza dicho monte. El análisis sobre lo improcedente de la ubicación del palacio de congresos debe versar sustancialmente sobre aquellos argumentos incuestionables que el monte ostenta y que a mi juicio son:

1. El monte como origen de los primeros asentamientos urbanos y consolidación de la ciudad de Alicante.

2. El monte como ámbito de tradiciones populares vinculado a acontecimientos del pasado.

3. El monte como base y sostén y unidad indivisible del Castillo de Santa Bárbara (BIC).

4. El monte como hito paisajístico de la ciudad y,

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5. El monte como pulmón verde de la ciudad.

La Ley Valenciana de Patrimonio Cultural nos ofrece un marco legal donde el ciudadano y la Administración Pública puede encontrar cumplida respuesta, en materia de protección y en materia de fomento, sobre el mantenimiento de nuestro patrimonio cultural.

Al ciudadano le falta hábito en el ejercicio de la reivindicación por la defensa del patrimonio cultural y a la Administración le ocurre otro tanto de lo mismo, aunque ésta última, en ello ve gigantes donde únicamente hay molinos.

Lo publicado en estos días recoge la situación o el momento de espera que las partes interesadas en el asunto esperan del informe de la Comisión de Legado Histórico.

Para la Administración local, el pronunciamiento de dicha comisión se trata de un mero acto de trámite no vinculante. Para los ciudadanos, contrarios a la ocupación del monte, tiene el interés coincidente con el propio preámbulo de la Ley de Patrimonio, cuando expone que: "El patrimonio cultural valenciano es una de las principales señas de identidad del pueblo..." (...) "...cuya conservación y enriquecimiento corresponde a todos los valencianos y especialmente a las instituciones y los poderes públicos que los representan".

Cierto, el resultado del informe que emita el Consell Valencià de Cultura, inicialmente, no es vinculante desde el punto de vista normativo para la Administración actuante, pero sí representa un problema de considerable carga ética.

No podemos hacer oídos sordos a una institución como la que se pronuncia. Una institución que ha adquirido el conocimiento suficiente para emitir una opinión sólida. Una opinión objetivizada a través de la escucha atenta, primero, a los representantes de la Administración local y al autor del proyecto, segundo, a conocer el lugar donde se pretende la ubicación del palacio de congresos, mediante traslado a Alicante de una representación de la Comisión de Legado Histórico. Y tercero, a miembros de la plataforma Salvem el Benacantil.

Así fue, cuatro miembros de la plataforma ciudadana nos trasladamos a Valencia, previa petición a la Comisión de Legado Histórico, fuimos invitados a exponer los argumentos obvios basados en los valores que ostenta el monte Benacantil.

No creo equivocarme en el sentir que allí se respiraba. En silencio absoluto y bajo la atenta mirada de todos los presentes, mientras se exponía la situación con diapositivas y transparencias, se percibía una opinión serena, clara e indiscutiblemente coincidente por la totalidad de los miembros de la Comisión de Legado Histórico.

No quiero dejar a un lado la importancia que representa el que la mayoría de los componentes de esa digna institución del Consell Valencià de Cultura pertenecen o han sido elegidos a instancia del grupo popular, y a pesar de ello pudieron, ante la evidencia de lo inadecuado del lugar y al reconocimiento de los valores que el sitio ostenta, decir no, a la ocupación del monte Benacantil.

De todo ello, no cabe hacer otra lectura que la lectura sencilla y honesta, indiscutiblemente de resultado grato. En aquella sala, todos alrededor de una gran mesa, la razón, el sentido común, no tuvo color alguno, hubo convergencia y afinidad en el sentir. El monte Benacantil debe conservarse, debe restaurarse y debe rehabilitarse. Debe quedar sujeto bajo la tutela de los poderes públicos, como patrimonio cultural en la categoría de Sitio Histórico, como así establece la ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano a tenor de su Art.1.2 y Art.26. Por otro lado, el ciudadano debe aportar una estrecha colaboración como parte integrante de la sociedad, asegurando con ello el mantenimiento de su conservación, difusión y fomento, e incluso llegado el caso, ejerciendo el derecho de denuncia contra quienes con la actitud o la omisión, ocasionen cualquier acción dañosa contra el monte.

Para terminar recordar simplemente que la ley no es un mero instrumento al servicio de una voluntad, sino que la ley y el Derecho deben tender al ideal de justicia, donde converja la voluntad de todos.

Manuel A. Ayús y Rubio es doctor en Arquitectura.

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