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Protección de Datos abre 4 expedientes en defensa de la privacidad

La Agencia de Protección de Datos (APD) comunicó el pasado 15 de julio a tres empresas y un particular que iniciaba contra ellos cuatro procedimientos sancionadores por el tratamiento automatizado de datos de carácter personal sin el consentimiento de los afectados, así como por otras supuestas infracciones que podrían acarrear multas por un importe global de 400 millones de pesetas. La APD insta a los expedientados a formular alegaciones.Uno de los cuatro procedimientos sancionadores lo dirige la APD, que dirige Juan Manuel Fernández López, contra Múltiple Choice, SL, e Iberian Compañía Marketel, SL. En ambos casos, el motivo de la iniciación del expediente es el "tratamiento automatizado de datos de carácter personal, sin contar con el consentimiento de los afectados", lo cual infringe la Ley Orgánica que Regula el Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD). La consideración de dicha infracción como falta grave permite sancionar a las mencionadas entidades con multa desde 10.000.001 a 50 millones de pesetas.

Datos de 8.000 personas

Otros dos procedimientos sancionadores son los iniciados por la APD contra Diáspora Sistemas, SL. En este caso, el director de la APD justifica los dos expedientes en el hecho de que Diáspora Sistemas ha cedido a la empresa Tele Postal Prex, SL, un soporte magnético con datos relativos a unas 8.000 personas físicas, sin contar con el consentimiento de los afectados.En este caso, la falta está tipificada por la LORTAD como muy grave y, por tanto, la sanción que, en su caso, se impondrá en cada uno de los dos procedimientos sancionadores abiertos es una multa de 50.000.001 a 100 millones de pesetas.

Un cuarto procedimiento sancionador es el abierto por la APD contra Juan Antonio Rama Menéndez, por la cesión de datos de carácter personal a Consulting de Estudios Básicos sin contar con el consentimiento de los afectados, consentimiento con el que tampoco se contó para el tratamiento automatizado de dichos datos de carácter personal.

La APD advierte que la primera de las posibles sanciones, por corresponder a una falta muy grave, consiste en multa desde 50.000.001 a 100 millones de pesetas, mientras que la segunda, por responder a una falta grave, puede acarrear multa desde 10.000.001 a 50 millones de pesetas.

El director de la APD insta a cada uno de los expedientados a que, en el plazo de 15 días hábiles, formulen las alegaciones y propongan las pruebas que estimen convenientes. Fernández López les advierte igualmente que, en caso de no efectuar alegaciones, la iniciación del procedimiento sancionador puede convertirse en propuesta de resolución sancionadora.

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