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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Concierto desafinado

LAS CONCLUSIONES del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE consideran que los beneficios fiscales del Gobierno vasco en favor de las empresas que se instalen en su territorio "son contrarios a los principios de libre establecimiento y de libre competencia" en la Unión Europea. El informe precisa que las medidas que otorguen una ventaja competitiva a empresas que inviertan en una determinada zona de un Estado miembro "son ayudas de Estado". Esta interpretación es un duro golpe para las ayudas fiscales desarrolladas sobre la base del Concierto Económico vasco de 1981 y abre un periodo de inseguridad para las empresas afectadas. La interpretación del abogado general es coherente con las actuaciones de la Comisión Europea y refuerza sus intervenciones en casos específicos. Van Miert, comisario de la Competencia, ya había obligado a restituir parte de las ventajas tributarias del Gobierno vasco a algunas empresas. Daewoo, la multinacional coreana, fue el caso más notable. Al mismo tiempo había advertido que la intervención comunitaria no cuestionaba la legitimidad del Concierto, sino tan sólo la vulneración de los límites permitidos de ayudas públicas. Si el Tribunal de la UE consolida la equiparación de ventajas fiscales con ayudas de Estado, el Gobierno vasco estará obligado a pasar por la ventanilla de la Comisión cada vez que pretenda capturar inversiones mediante ventajas fiscales; Bruselas examinará tales ayudas y calculará, empresa por empresa, si cumplen o rebasan los parámetros de ventaja competitiva que admiten las normas comunitarias.

Sería un error limitar la importancia de este dictamen preliminar al impacto que pueda tener sobre la fiscalidad vasca. Es quizá la primera vez que la UE considera que ayudas de carácter general, como las fiscales, son ayudas públicas. Si admite la tesis del relator, el Tribunal estará apostando por la armonización tributaria en el ámbito comunitario y el sometimiento de las excepciones impositivas a la normativa sobre ayudas. Resulta irónico que sea Bruselas la instancia que, a través de un principio de mercado fiscal único en Europa, se erija en el defensor de la homogeneidad tributaria española.

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