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CRISIS EN LA COMISIÓN EUROPEA

Declaración de la Comisión Europea

El texto difundido ayer por la Comisión Europea es el siguiente: "La comisión ha tomado nota de la solicitud de Bangemann, en aplicación del artículo 215 del Tratado, de ser relevado de sus funciones.

Tras una reunión informal con Bangemann esta mañana, la Comisión ha deliberado y ha llegado a las conclusiones siguientes:

1.Manifiesta su sorpresa por el repentino anuncio de la iniciativa de Bangemann.

2.Subraya que de ningún modo puede Bangemann ocupar su futura función mientras no haya concluido el procedimiento previsto en el artículo 215. Bangemann acepta este punto. El Colegio [de Comisarios] ha decidido que, mientras tanto, Bangemann quede relevado de sus funciones como él mismo ha solicitado.

3.La Comisión toma nota de la decisión del presidente de confiar con efecto inmediato las carteras de Bangemann a Karel van Miert.

4.La comisión ha mantenido un debate sobre la compatibilidad de la futura función de Bangemann con las disposiciones del artículo 213, párrafo 2, del Tratado.

El Colegio [de Comisarios] toma nota, asimismo, de la declaración de Bangemann de que no utilizará en sus nuevas funciones informaciones concretas obtenidas durante su mandato, de acuerdo con la obligación de honradez y discreción establecida en el artículo 213 del Tratado.

5.La Comisión destaca, además, la necesidad de aclarar en el futuro la aplicación del artículo 213 en lo que se refiere a las actividades posteriores al abandono de sus funciones por los miembros de la Comisión".

El artículo 215 del Tratado de Amsterdam especifica que un comisario no podrá ser destituido excepto por acuerdo unánime del Consejo de Ministros de los países miembros. En cuanto al artículo 213, reza lo siguiente:

"En el momento de asumir sus funciones [los comisarios] se comprometerán solemnemente a respetar las obligaciones derivadas de su cargo mientras dure su mandato, y aun después de finalizar éste, y, en especial, los deberes de honradez y discreción en cuanto a la aceptación, una vez terminado su mandato, de determinadas funciones o beneficios".

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