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El Tribunal Constitucional avala el registro estatal de marcas

, El pleno del Tribunal Constitucional ha resuelto dos recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno vasco y por el Parlamento de Cataluña contra la Ley de Marcas de 1988. La sentencia avala la existencia de un registro estatal de marcas, si bien estima parcialmente los recursos en lo que se refiere a competencias de ejecución que corresponden a las comunidades autónomas. La sentencia, de la que ha sido ponente Tomás Vives, razona que la concesión del registro de marcas y nombres comerciales resulta "difícilmente fraccionable", ya que la "protección que la ley otorga (...) se extiende a todo el territorio del Estado" y "excede del ámbito territorial de una comunidad autónoma". Igualmente, considera que la competencia estatal para resolver sobre la inscripción de las marcas "es un requisito indispensable". En cambio, anula varios preceptos de la ley impugnada, por estimar que las competencias de ejecución "que resulten separables de las anteriores" corresponden a las comunidades autónomas que las hayan asumido en materia de propiedad industrial. Así, compete a tales comunidades recibir las solicitudes y examinar si reúnen los requisitos formales, y al Estado, resolver sobre los de fondo.

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