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La Generalitat Valenciana crea un fichero informático que pregunta por la ideología

Nueva Izquierda denuncia ante la Agencia de Protección de Datos el uso de datos 'sensibles'

La Generalitat Valenciana, que preside Eduardo Zaplana, ha creado y regulado varios ficheros informáticos, entre ellos uno que recogerá los datos personales de los candidatos a representantes de los trabajadores en las elecciones sindicales que se celebren en la Comunidad Valenciana, en el que se indagará y tratará la ideología de los aspirantes. Manuel Alcaraz, diputado por Alicante de Nueva Izquierda (NI), ha denunciado ante la Agencia de Protección de Datos (APD) la utilización de datos personales sensibles, calificada por la ley como infracción muy grave.

La creación y regulación del mencionado fichero informático se ha realizado por orden de 28 de abril de 1999, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 27 de mayo, del consejero de Empleo, Industria y Comercio de la Generalitat Valenciana.Según esa orden, las personas de las que se pretende obtener datos son "las que se presenten como candidatos a representantes de los trabajadores en las elecciones sindicales que se realizan en centros de trabajo de la Comunidad Valenciana".

La orden prevé la cesión del fichero al "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" [quiere decir de Trabajo y Asuntos Sociales]. Entre otros datos a recabar, como el DNI o NIF, la fecha y lugar de nacimiento, el sexo, la antigüedad, la fecha de mandato, el colegio electoral y el sindicato al que se pertenece, figura la "ideología".

La denuncia del diputado de NI invoca la Ley Orgánica que Regula el Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD), que establece que "sólo se podrán recoger datos de carácter personal para su tratamiento automatizado, así como someterlos a dicho tratamiento, cuando tales datos sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades legítimas para las que se hayan obtenido".

Dato no justificado

Alcaraz señala que la finalidad del fichero que declara la orden es de carácter estadístico y de control y elaboración de la representatividad sindical, lo que "no justifica la recogida de datos especialmente sensibles, como la ideología de los candidatos, que en nada ayudan a definir la representatividad de las organizaciones sindicales ni, en último caso, tiene relación con esta representatividad".El escrito, entregado el pasado 2 de junio en la APD, recuerda que, según la Constitución, "nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias", así como el precepto de la LORTAD, que declara especialmente protegidos tales datos personales, por lo que "sólo con el consentimiento expreso y por escrito del afectado podrán ser objeto de un tratamiento automatizado". La ley exige, en todo caso, que debe advertirse al interesado "su derecho a no prestarlo".

La protección de la LORTAD a estos datos sensibles lleva a declarar que "quedan prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, origen racial o vida sexual".

NI considera que la posibilidad de cesión al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de los datos sobre la ideología de los candidatos a elecciones sindicales sin consentimiento expreso, "convierte en más grave" la infracción de la Constitución y la LORTAD.

Infracción muy grave

El denunciante recuerda que esta ley describe como "infracciones muy graves recabar y tratar de forma automatizada los datos de carácter personal que revelen la ideología de los afectados, así como tratar de forma automatizada los datos de carácter personal de forma ilegítima o con menosprecio de los principios y garantías que les sean de aplicación, cuando con ello se impida o se atente contra el ejercicio de los derechos fundamentales, como es el caso de la libertad sindical".La denuncia recuerda la potestad sancionadora de la APD y pide a su director, Juan Manuel Fernández López, que requiera a la Generalitat Valenciana para que desaparezca el dato "ideología" de los ficheros creados y regulados por la orden citada, así como que ordene el cese inmediato de la recogida de datos y tratamientos con fundamento en dicha norma e inicie, en su caso, un procedimiento sancionador.

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