El Supremo admite el recurso de un abogado contra el Constitucional
Impugna la designación de 36 letrados del tribunal
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el abogado José Luis Mazón contra el Tribunal Constitucional, por la designación de 36 de sus 37 letrados. Mazón alega que la designación de esos 36 letrados no ha respetado el artículo 97.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que exige "concurso-oposición" para el reclutamiento de dichos juristas.El recurso, cuya admisión a trámite la notificó la mencionada Sala del Supremo el 25 de mayo último, acusa al Tribunal Constitucional de "la violación generalizada del artículo 97 de la LOTC, en relación con el artículo 23 de la Constitución española". Este precepto establece que los ciudadanos "tienen el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".
El recurrente argumenta que las 36 plazas de letrado a las que se refiere han sido provistas "por un sistema de libre designación entre funcionarios públicos", a pesar de que, según la LOTC, "han de ser seleccionados por concurso-oposición".
El precepto de la LOTC que el recurrente considera vulnerado establece que "el Tribunal Constitucional estará asistido por un Cuerpo de Letrados constituido por medio de concurso-oposición, que se ajustará a las normas que establezca el reglamento del Tribunal".
El Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, aprobado por el pleno de este órgano en 1990 y modificado en 1994, prevé dos tipos de letrados. Por una parte, "los que hayan sido seleccionados mediante concurso-oposición". Por otra, "también podrán ser adscritos temporalmente al Tribunal, en calidad de letrados, de acuerdo con las normas de este reglamento, funcionarios de las carreras judicial y fiscal y otros funcionarios públicos pertenecientes a cuerpos o escalas para ingresar en los cuales se exija la licenciatura en Derecho".
El recurso de Mazón estima que tal desarrollo reglamentario, "al que se ajusta", dice, " la designación a dedo de 36 letrados, incumple la LOTC, que sólo permite un tipo de letrados: el constituido por medio de concurso-oposición". Mazón alega que tal designación le impide "poder aspirar a una plaza de letrado, ya que no se convoca concurso-oposición, como la ley exige".
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