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Las casas "toleradas"

Mejorar las condiciones de vida de las mujeres que se dedican a la prostitución mediante la regulación de esa actividad no es un objetivo nuevo en la historia. Hace más de un siglo que Pamplona, San Sebastián, Madrid, Barcelona, Vigo, Girona o Sevilla lo hicieron. María del Juncal Campo Guinea, doctora en Historia por la Universidad Pública de Navarra y técnico del Archivo Diocesano de Pamplona, ha investigado a fondo el Reglamento Municipal de Higiene Especial elaborado por el Ayuntamiento de la capital navarra en 1889. Su trabajo Tolerar y reglamentar: la mala vida y la condición femenina en Pamplona al final del siglo XIX acaba de ser publicado en la revista Huarte de San Juan. "Tras conocer con detalle el ordenamiento municipal, que consta de 39 artículos", señala María del Juncal Campo, "se deduce que existía una tolerancia de las autoridades municipales hacia la prostitución, entendida en aquel momento como un mal inevitable y hasta cierto punto necesario, que justificaba la existencia de una regulación en la que se combinaban medidas de higiene sanitaria para las prostitutas y las casas toleradas donde ejercían su actividad, con otras destinadas a cuidar que las estructuras sociales no se vieran alteradas por esta práctica. Es decir, que había tolerancia siempre que no afectara al orden social y la moralidad". En un final de siglo de traspasos competenciales como el actual resulta curioso comprobar cómo la regulación de las mujeres públicas se produjo por un traspaso competencial similar del Ministerio de la Gobernación, que encomendó el cuidado de los servicios higiénicos sobre las casas de mancebía a las juntas de sanidad de los ayuntamientos en enero de 1889. Pamplona acogió inmediatamente la obligación y se encontró con 30 mujeres perfectamente censadas con sus nombres y apellidos en la Sección de Higiene del Gobierno Civil de Navarra. Mujeres que pagaban su correspondiente impuesto, entre las 2 y las 20 pesetas mensuales. El estudio de la ordenanza ubica los prostíbulos oficialmente censados en las calles Santo Andía, Descalzos, Merced, San Gregorio y Compañía, todas ellas en el centro de Pamplona. "La extracción social de estas mujeres era humilde. Muchas de ellas habían sido echadas de casa por diversos motivos y los prostíbulos, que siempre eran regentados por mujeres, las amas, funcionaban como familias sustitutivas, un verdadero sistema de apoyo del que las prostitutas podían salir con relativa facilidad si lograban trabajos más dignos", resalta María del Juncal Campo. Hace más de un siglo las prostitutas estaban obligadas a inscribirse en un registro oficial y a obtener su correspondiente cartilla sanitaria. Facultativos del Ayuntamiento reconocían dos veces semanales a cada mujer, previo pago de cinco pesetas mensuales por el servicio higiénico, que se extendía siempre a las condiciones sanitarias de la casa tolerada. El sistema funcionó bien durante los tres años en que la competencia estuvo descentralizada. En 1892, el Gobierno de la nación reclamó de nuevo las competencias Eso sí, la reglamentación establecía unas limitaciones de derechos y de movimientos muy rígidas para las prostitutas "con el fin de evitar el escándalo público y de limitar el mal a sitios determinados". No podían circular por las calles antes de las diez de la noche entre noviembre y abril y de las once en verano. En ningún caso podían pasear por los parques o lugares concurridos (artículo 7), ni estar asomadas a los balcones o ventanas "bajo ningún pretexto" (artículo 8), ni estar paradas en los portales de sus casas. Naturalmente, nunca se les permitía acudir a espectáculos públicos (artículo 22). El consistorio velaba por todo, incluida la limitación de la opciones del placer. Así, el artículo 21 señalaba que "en las casas de prostitución no se admitirá mayor número de hombres que el de pupilas haya dentro".

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