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Un delito aún sin presos

España forma parte del Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Protegidas (CITES) desde 1986. Esa norma internacional prohíbe o restringe el comercio de 2.500 especies distintas, de tal forma que es necesaria una autorización expresa administrativa para importar animales exóticos (serpientes, caimanes, pirañas, monos...). Después de las drogas y las armas, el tráfico de animales exóticos es el tercero en importancia. La legislación española castiga con penas de entre seis meses y tres años de cárcel tanto el contrabando como el tráfico de estas especies protegidas, y siempre que el valor del cargamento supere los tres millones de pesetas. Sin embargo, nadie está aún entre rejas por estos delitos.A finales de 1997, fuentes de la organización, que supervisa el cumplimiento de este convenio, cifraron en unos 10.000 millones de dólares el dinero que se mueve en el mundo del tráfico ilegal de estas especies exóticas.

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En esa autorización debe constar, según establece CITES, el tipo de animal y sus características. No obstante, y según fuentes cercanas a la investigación, es fácil utilizar fraudulentamente el certificado de un animal para importar cualquier otro de la misma especie.

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