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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Daewoo como ejemplo

LAS REACCIONES políticas en el País Vasco se han desatado de forma casi unánime en contra de la decisión de la Comisión Europea de declarar ilegales una parte importante de las ayudas públicas concedidas por las instituciones vascas a la fábrica de frigoríficos que la multinacional coreana Daewoo construye en Vitoria. El dictamen de la Comisión, que será recurrido por las autoridades vascas, se fundamenta en que dichas ayudas públicas atentan contra la libre competencia. La inversión de Daewoo es de 11.800 millones de pesetas y las aportaciones públicas sumaban hasta ahora unos 3.000 millones. La Comisión exige a Daewoo la devolución de unos 660 millones. La inquietud y el nerviosismo de las autoridades políticas del País Vasco no obedece tanto al revés económico de la decisión, sino a la posibilidad de que Bruselas esté cuestionando la capacidad normativa vasca a través del rechazo de las subvenciones.El problema es complejo y no es conveniente debatirlo en el clima de crispación y revuelo que la noticia ha provocado en Vitoria. El Ejecutivo comunitario afirma explícitamente que la declaración de las ayudas como contrarias a la competencia "en modo alguno cuestiona la capacidad normativa de las diputaciones forales en materia fiscal". Es una aclaración importante, pero el contenido de la declaración de ilegalidad parece desmentirla parcialmente, porque entre las ayudas proscritas figuran las ventajas conferidas en forma de créditos fiscales equivalentes al 45% de la inversión, las ayudas derivadas de las conocidas como vacaciones fiscales aprobadas por la Diputación de Álava y las subvenciones directas concedidas en virtud del programa Ekimen, que, a juicio de la Comisión, han sido excedidas en cinco puntos.

Las posibles contradicciones sólo se resolverán totalmente cuando se conozca el dictamen del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, que ha sido consultado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sobre la capacidad del Gobierno autónomo para decidir incentivos fiscales en su territorio. Entonces podrá analizarse la articulación de las haciendas autonómicas en un mercado único y abierto. Adelantarse a esta resolución, que debe establecer si un incentivo fiscal que se aplica sólo en parte del territorio de un Estado miembro es una ayuda estatal que afecta a la libre competencia, y dejarse llevar por nerviosas y altisonantes declaraciones de autonomía, no resolverá el conflicto ni disminuirá el impacto político del rechazo comunitario.

Al margen de los temores sobre el concierto, la resolución de Van Miert tiene consecuencias relevantes, por el efecto negativo que puede tener en otras inversiones. Si no prosperan los recursos, Daewoo debería renunciar a unos 5.000 millones en ayudas aún no recibidas y podría reconsiderar la construcción de la planta de Vitoria. El caso Daewoo tiene una moraleja: las subastas de ventajas fiscales para atraer empresas no pueden obviar las reglas establecidas por la UE en defensa de la competencia. Esto vale para los Estados y también para las comunidades autónomas.

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